MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de disposición01 Noviembre 2012
Fecha de publicación01 Noviembre 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
ARTICULO 1º

A los 16 (dieciséis) días del mes de Marzo de 2.011, se constituye el “SINDICATO DE CHOFERES, PEONES RADIOPERADORES Y ADMINISTRATIVOS DE REMISES DE SALTA” Sindicato de primer grado que agrupará a los trabajadores de la actividad del Servicio de Automóviles de Remises con Taxímetro. Con domicilio legal en Calle Díaz Vélez Nº 814 - B. Lamadrid de la Ciudad de Salta, Provincia de Salta, constituyendo una asociación sindical con carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales de acuerdo a las disposiciones vigentes, con ámbito en la Ciudad de Salta - Pcia. de Salta, como entidad de primer grado, que agrupará a los trabajadores (chóferes, peones, radioperadores y administrativos) que prestan servicio en relación de dependencia en forma subordinada a quien detenta la calidad de empleador, aún cuando dicho empleador haya adherido, decidiera abonarse, contratar o asociarse en algún sistema de radio llamada o cualquier otro sistema de comunicación, perteneciente o no al sistema satelital. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende la Ciudad de Salta, siendo esta Asociación Sindical, de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio real y legal en el arriba mencionado de la Ciudad de Salta, Provincia de Salta.

ARTICULO 2º

La Entidad tendrá los objetivos y fines que a continuación se detallan:

  1. Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.

  2. Representar a los trabajadores indicados o establecidos en el artículo 1°, a la entidad y sus componentes en toda cuestión, sea individual o colectiva; de carácter gremial, laboral o social ante los órganos u organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.

  3. Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier órgano u organismos nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical y sus afiliados.

  4. Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene, insalubridad y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.

  5. Propiciar y concretar convenios...

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