MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2014

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Síntesis del Estatuto Social de la Asociación del Personal de Dirección de los Ferrocarriles Argentinos (A.P.D.F.A.), aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. Nº 871/14.

Artículo 1

La Asociación del Personal de Dirección de los Ferrocarriles Argentinos (A.P.D.F.A.) es una Asociación Profesional de primer grado, constituida el 5 de abril de mil novecientos cincuenta y siete y a partir del 30/4/62, de acuerdo a la resolución D.G.A.P. Nº 15/62, se integra el Personal de Puertos Argentinos. Tiene jurisdicción gremial en todo el territorio del País y su domicilio legal en la Calle Billinghurst 426/28 de la Capital Federal.

Artículo 2

La Asociación agrupa y representa a todo el Personal Jerárquico de Ferrocarriles y ferroportuario: administrativo, técnico y/o profesional, universitarios que posean títulos habilitantes y estén en el ejercicio de dicha función; coordinadores; supervisores; y todo el personal que ejerza tareas de dirección, control y vigilancia, con o sin personal a cargo, cualquiera sea su situación de revista, sin distinción de categorías laborales y que se desempeñan en relación de dependencia en cualquier empresa de la actividad, ya sean éstas: Empresas o sociedades del estado nacional o provincial; Empresas públicas, privadas o mixtas que tengan como objeto de explotación servicios ferroviarios y ferroportuarios; Entes de la Administración Pública centralizada o descentralizada que tengan por objeto tareas vinculadas a la actividad ferroviaria y ferroportuaria; Empresas y/o entes que efectúen servicios de reparación y/o mantenimiento de material ferroviario y ferroportuario, control y/o explotación de bienes muebles e inmuebles que hayan sido propiedad de Ferrocarriles Argentinos y Administración General de Puertos y que permanezcan en la órbita del Estado Nacional, control y/o supervisión de gestión y funcionamiento de las Empresas de servicios ferroviarios y ferroportuarios; Empresas empleadoras que convengan, contraten o subcontraten la explotación, comercialización o realización de tareas propias o complementarias de la actividad ferroviaria y ferroportuaria, industrias dedicadas principalmente a la producción y/o reparación de material ferroviario y ferroportuario y Empresas suministradoras de...

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