MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2013

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE SAN MIGUEL, JOSE C. PAZ Y MALVINAS ARGENTINAS, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 752/13.

DEL NOMBRE, CONSTITUCION Y DOMICILIO

ARTICULO 1°

El SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE SAN MIGUEL, JOSE C. PAZ Y MALVINAS ARGENTINAS, con Personería Gremial N° 954, agrupa a los trabajadores empleados por las municipalidades de San Miguel, José C. Paz, y Malvinas Argentinas de la Provincia de Buenos Aires, en todos los escalafones sin distinción del tipo de actividad que desarrollen, pero quedando excluidos:

1) Los que desempeñan cargos electivos.

2) Los titulares de las secretarías o subsecretarías, el Inspector General, Directores Generales, Directores, Subdirectores, Secretario Privado, Delegados Municipales, Administradores, Coordinadores y/o Asesores. Exceptúanse de la enumeración anterior los Directores y Subdirectores que tuvieran estabilidad en el cargo por haberla obtenido por la vigencia del Escalafón que considera dicho beneficio y cuya afiliación gremial sea previa a su promoción a la categoría en que revista.

3) Los Secretarios, de los bloques que integran el Honorable Concejo Deliberante.

4) El personal designado por tiempo determinado, para realizar trabajos en misiones especiales, de carácter técnico-profesional.

El Sindicato tiene domicilio legal en la calle Pringles 1232 de la Ciudad de San Miguel, Partido del mismo nombre. Tiene como zona de actuación los Partidos de San Miguel, José C. Paz y Malvinas Argentinas, constituyendo una asociación gremial de carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

CAPITULO II DE LOS ASOCIADOS - REQUISITOS DE ADMISION Artículo 2
ARTICULO 2°

El ingreso como asociado deberá ser explicitado por el aspirante llenando y firmando su ficha en la que consignará nombre y apellido, edad, nacionalidad, número de Libreta de Enrolamiento, Cédula de Identidad o Documento Nacional de Identidad, lugar, donde trabaja con fecha de ingreso y tarea que realiza. La solicitud será aceptada o rechazada por la Comisión Directiva, dentro de los treinta días posteriores a su presentación, indicándose claramente, en su caso las causales de su rechazo. El aspirante a socio rechazado tendrá derecho...

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