MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de disposición07 Septiembre 2012
Fecha de publicación07 Septiembre 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Viernes 7 de septiembre de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.476 47
El mandato de los mismos durará cuatro (4) años. Los miembros de la comisión directiva podrán
ser reelegidos.
e).- Número de Aliados: Cincuenta y Ocho (58).
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa, Departamento Estructura Sindical.#F4368447F#
#I4368448I#
SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION DE DOCENTES DE LA UNIVER-
SIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S.
Nº456/12.
ARTICULO 1º: En la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, Provincia del Chaco, a los 29
días del mes de Septiembre del año dos mil nueve, se constituye en SINDICATO DENOMINADO
“ASOCIACION DE DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL”, COMO
ASOCIACION DE BASE DE LA FEDUN - FEDERACION DE DOCENTES DE LAS UNIVERSIDADES,
que agrupa a los Trabajadores Docentes de la “UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL”
y que actuará bajo las siglas: “A.D.U.N.C.A.U.S.”.
El domicilio legal de dicha institución se encuentra en calle Cmte. Fernández Nº755 de la
Ciudad de Pcia. Roque Sáenz Peña, tendrá como zona de actuación la totalidad de las unidades
académicas de la Universidad Nacional del Chaco Austral independientemente de su localización
geográca en el territorio de la República Argentina, constituyendo una Asociación gremial con ca-
rácter permanente para la defensa de los intereses gremiales de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes.
DE LOS OBJETIVOS Y FINES DE LA ASOCIACION
ARTICULO 2º: Constituye el objeto de ADUNCAUS el ejercicio de todos los derechos y accio-
nes tendientes al mejoramiento de las condiciones de trabajo y vida de los trabajadores que repre-
senta y la defensa de sus intereses profesionales, sindicales, mutuales, educacionales, sociales y
económicos. A título meramente enunciativo, son sus nes principales:
a) Peticionar ante las autoridades públicas y demás organismos correspondientes, la adopción
de medidas tendientes a elevar las condiciones profesionales, económicas, sociales, culturales y
provisionales de los educadores, tanto en actividad y pasividad, como también de los aspirantes a
cargo y provisionales.
b) Participar y coadyuvar en la elaboración de leyes y decretos laborales y provisionales, en la
modicación de los ya existentes y asegurar su plena vigencia.
c) Propender a la vinculación con las demás entidades gremiales, profesionales, culturales,
tanto en el orden nacional como continental y mundial, cuyos nes y objetivos concuerden con los
principios sustentados por esta asociación.
d) Participar en encuentros, asambleas o congresos de orden nacional e internacional, cuando
éstos debatan problemas que interesen a los docentes, en particular a los trabajadores en general.
e) Representar a los educadores que agrupa ante los congresos nacionales e internacionales de
índole educacional, laboral o cultural, en todas las delegaciones, actividades, comisiones o institu-
ciones en que deba estar representada en su conjunto la docencia.
f) Ejercer la defensa de los intereses, derechos individuales y colectivos de:
- Los educadores en lo gremial, profesional o cultural;
- Los educandos en su atención plena en la formación de profesionales al servicio de la comunidad.
g) Adherir y/o desaliarse a Federaciones y Confederaciones.
h) Promover cursos de perfeccionamiento y capacitación laboral, sindical y profesional; soste-
ner bibliotecas; efectuar publicaciones y realizar todo tipo de actividad cultural.
i) Realizar toda actividad lícita que tenga por n conquistar mejoras de toda índole para la do-
cencia e investigación.
j) Bregar por la implantación de un estatuto del docente universitario.
k) Bregar por la mejora de los servicios sociales y de turismo de los asociados, por medios
propios o por convenio con otras asociaciones.
I) Bregar por la participación de todos los docentes en un claustro único, sin discriminación de
jerarquías.
m) Bregar por la integración de la Universidad con el medio.
n) Bregar por la defensa irrestricta de los derechos humanos.
o) Defender los comunes intereses de los docentes universitarios que agrupa sin discriminación
alguna.
p) Luchar por la justa retribución salarial de los docentes que agrupa, que guarde relación con
el costo de vida, por la vigencia del estatuto del docente, y por un régimen jubilatorio que reconozca
el 82% móvil con 25 años de antigüedad.
q) Bregar por un presupuesto educativo del 3% del PBI.
r) Impulsar la actualización del docente en la enseñanza e investigación, creando las condicio-
nes materiales apropiadas para ello.
s) Luchar por la participación de los docentes y los no docentes en el control de la Obra Social.
t) Sostener nuestro accionar sobre la base de que la educación es un derecho popular, y que
por lo tanto constituye una función imprescindible, indelegable e inalienable del estado. Educación
que deberá ser laica, libre y gratuita.
ARTICULO 10º: La ADUNCAUS será dirigida y administrada por una comisión directiva
compuesta por ocho (8) miembros titulares que desempeñarán los siguientes cargos: Secre-
tario General, Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Secretario de Finanzas, Secretario de
Prensa y Relaciones Institucionales y tres (3) vocales titulares. Habrá además tres (3) vocales
suplentes, que sólo integrarán la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento
o impedimento de sus titulares. Para integrar los órganos directivos se requerirá: mayoría de
edad; no tener inhibiciones civiles ni penales; estar afiliado, tener dos (2) años de antigüedad
en la afiliación y encontrarse desempeñando la actividad durante dos años: el setenta y cinco
por ciento (75%), de los cargos directivos y representativos deberán ser desempeñados por
ciudadanos argentinos. El secretario General y el Secretario Adjunto deberán ser ciudadanos
argentinos. El mandato de los mismos durará tres (3) años. Los miembros de la Comisión Di-
rectiva podrán ser reelegidos.
ARTICULO 18º: Son deberes y atribuciones del SECRETARIO GENERAL:
a) Ejercer la representación de la asociación;
b) Firmar las actas o resoluciones de la Comisión Directiva y Asambleas correspondientes a las
reuniones que asista, autorizar con el Secretario de Finanzas las cuentas de gastos rmando recibos
y demás documentos de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva;
c) Firmar la correspondencia y demás documentación de la ADUNCAUS con el miembro que
corresponda, según de que se tratare;
d) Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Directiva;
e) Adoptar resoluciones urgentes en casos imprevistos, ad-referéndum de la Comisión Directiva.
f) Presidir las Asambleas.
ARTICULO 19º: Son deberes y atribuciones del Secretario Adjunto colaborar con el Secretario
General en el ejercicio de las funciones que éste le delegue o encomiende y reemplazarlo en caso
de ausencia, impedimento o separación de su cargo.
CAPITULO IV
DE LA ASAMBLEA DE AFILIADOS
ARTICULO 25º: Las Asambleas son la autoridad máxima de la Organización; pueden ser Ordi-
narias o Extraordinarias y serán convocadas por la Comisión Directiva.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa, Departamento Estructura Sindical.#F4368448F#
#I4368450I#
SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION GREMIAL DE DOCENTES, IN-
VESTIGADORES Y CREADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DEL ARTE
(AGDIC-IUNA), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº1011/10.
ARTICULO 1º: En Buenos Aires, a los 21 días del mes de Octubre de 2005, se constituye el SIN-
DICATO DENOMINADO ASOCIACION GREMIAL DE DOCENTES, INVESTIGADORES Y CREADO-
RES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DEL ARTE (AGDIC-IUNA), como ASOCIACION
DE PRIMER GRADO DE LA FEDERACION NACIONAL DE DOCENTES, INVESTIGADORES Y CREA-
DORES UNIVERSITARIOS (FEDERACION DOCENTE HISTORICA), que agrupa a los Trabajadores
Docentes, y a los docentes con funciones de Investigadores, Creadores y Artistas, con relación de
dependencia en el Instituto Universitario Nacional del Arte. El domicilio legal de dicha institución se
encuentra en calle Córdoba 2446, Ciudad de Buenos Aires y tendrá como zona de actuación la to-
talidad de las unidades académicas del Instituto Nacional del Arte, independientemente de su loca-
lización geográca en el territorio de la República Argentina, constituyendo una Asociación Gremial
con carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales de acuerdo a las disposiciones
legales vigentes.
Constituye el objeto de esta asociación el ejercicio de todos los derechos y acciones tendientes
al mejoramiento de las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores que representa y la de-
fensa de sus intereses profesionales, sindicales, mutuales, educacionales, sociales y económicos. A
título meramente enunciativo, son sus nes principales:
a) Peticionar ante las autoridades públicas y demás organismos correspondientes, la adopción
de medidas tendientes a elevar las condiciones profesionales, económicas, sociales, culturales y
previsionales de los educadores, tanto en actividad y pasividad, como también de los aspirantes a
cargo y provisionales.
b) Participar y coadyuvar en la elaboración de leyes y decretos laborales y previsionales en la
modicación de los ya existentes y asegurar su plena vigencia.
c) Propender a la vinculación con las demás entidades gremiales, profesionales, culturales,
tanto en el orden nacional como continental y mundial, cuyos nes y objetivos concuerden con los
principios sustentados por esta asociación.
d) Participar en encuentros, asambleas o congresos de orden nacional e internacional, cuando
éstos debatan problemas que interesen a los docentes en particular a los trabajadores en general.
e) Representar a los educadores de la Universidad ante los congresos nacionales e internacio-
nales de índole educacional, laboral o cultural, en todas las delegaciones, actividades, comisiones o
instituciones en que deba estar representada en su conjunto la docencia.
f) Ejercer la defensa de los intereses y derechos individuales y colectivos de:
- los educadores en lo gremial, profesional o cultural.
- los educados en su atención plena en la formación de profesionales al servicio de la comunidad.
g) Adherir y/o desaliarse a Federaciones y confederaciones.
h) Promover cursos de perfeccionamiento y capacitación laboral, sindical y profesional; soste-
ner bibliotecas; efectuar publicaciones y realizar todo tipo de actividad cultural.
i) Realizar toda actividad lícita que tenga por n conquistar mejoras de toda índole para la do-
cencia e investigación.
j) Bregar por la implantación de un estatuto del docente universitario.
k) Bregar por la mejora de los servicios sociales y de turismo de los asociados, por medios
propios o por convenio con otras asociaciones.
l) Bregar por la participación de todos los docentes en un claustro único, sin discriminación de
jerarquías.
m) Bregar por la integración de la Universidad con el medio.

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