MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de disposición31 Agosto 2012
Fecha de publicación31 Agosto 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
ARTICULO 1º En Buenos Aires, a los 26 días del mes de marzo de 1985, se constituye la ASOCIACION PROFESIONAL DEL CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION, con domicilio legal en la calle Esmeralda 1212, 1º piso, oficina 102 de la ciudad de Buenos Aires.

Texto aprobado por Resolución Nº 448 del MTySS de fecha 7 de junio de 2005.

ARTICULO 2º.- A.P.C.P.S.E.N

agrupará a los miembros activos y pasivos del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación que hayan ingresado al mismo hasta 1967 de conformidad con las disposiciones legales entonces vigentes; a partir de esa fecha, única y exclusivamente a los egresados del Instituto del Servicio Exterior de la Nación, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación Nro. 20.957 y su Reglamentación, y con carácter de Inscripción Gremial a los efectivamente incorporados al mencionado cuerpo hasta el 29 de agosto de 1996, en virtud de lo establecido en los artículos 4 y 5 de la ley 24.190 que encontrándose en actividad y habiendo solicitado su afiliación sean aceptados.

Texto aprobado por Resolución Nº 470 del MTySS de fecha 19 de julio de 1999.

ARTICULO 3º El ámbito de actuación de esta Asociación comprenderá el territorio nacional y las sedes de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el exterior.
ARTICULO 18º La Comisión Directiva estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente 1º, un Vicepresidente 2º, un Secretario, un Tesorero y ocho (8) Vocales titulares.

De entre los vocales titulares, la comisión directiva designará un Prosecretario y un Protesorero, cuyas funciones se determinan en los artículos 25º y 27º de este Estatuto, respectivamente.

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