Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 10 de Octubre de 2023, expediente CNT 008150/2023/CA001

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expte. nro. CNT 8150/2023/CA1

JUZGADO Nº 5

AUTOS: "MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

c/ EL CONDOR EMPRESA DE TRANSPORTES S.A. s/ EJECUCION

FISCAL"

Ciudad de Buenos Aires, 10 del mes de octubre de 2023.-

VISTO:

El recurso interpuesto por la representación letrada de la parte actora el 31/07/2023 y;

CONSIDERANDO:

Teniendo en cuenta lo detallado en la presentación del 31/07/2023 y conforme las pautas arancelarias de aplicación, la regulación de honorarios recurrida resulta exigua, por lo que deberá ser elevada a 6 UMAs (equivalente a $123.570.-,

Ac. 29/23 C.S.J.N., cfr. artículos 16, 29, 34, 51 y c.c. de la Ley 27.423).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora a 6 UMAs (equivalentes a $123.570.-, Ac. 29/23 C.S.J.N.).

Regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

PC 10.04

V.A.P.M.D.G.

JUEZ DE CAMARA JUEZ DE CAMARA

Ante mí:

C.R. GUARDIA

SECRETARIA

Fecha de firma: 10/10/2023

Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA

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