Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 2 de Noviembre de 2017, expediente CNT 029885/2016/CA001

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 68.751 CAUSA Nº

29885/2016CA1 AUTOS: “MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL C/SUCONSUL S.A. S/ EJECUCIÓN FISCAL”

JUZGADO Nº 40 SALA I Buenos Aires, 2 de Noviembre de 2.017.-

VISTO:

El recurso de apelación deducido por el ejecutante a fs. 42/49 contra el pronunciamiento de fs. 41 por el cual se compartió el dictamen fiscal y se admitió la excepción de litispendencia deducida por la ejecutada.

CONSIDERANDO:

Que del expediente agregado por cuerda Nº 61663/2015 “SU CONSUL S.A. C/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL S/

QUEJA EXPTE ADMINISTRATIVO”, surge que con fecha 15 de febrero de 2017 se dictó sentencia definitiva en la que de conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público se desestimó el recurso de apelación deducido por la empresa sumariada y por ende quedó firme la multa impuesta por la autoridad administrativa (ver fs. 14/21 y fs. 62/63).- Dicho pronunciamiento se encuentra firme y consentido Que a fin de que proceda la excepción de litispendencia es menester que exista la triple identidad de sujetos, objeto y causa entre dos procesos y exige fundamentalmente que el expediente sobre el que se funde la defensa se encuentre vivo, o sea que se encuentre pendiente de resolución, circunstancia ésta que no se configura en autos.-

Por lo expuesto, de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal General a fs. 59 a cuyos fundamentos cabe remitirse en homenaje a la brevedad y debe ser considerado como parte integrante del presente corresponde revocar lo resuelto, sin que ello implique sentar...

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