Ministerio de Seguridad, Año 2022 - Res. N° XXVIII-20 a XXVIII-22 y XXVIII-24
Fecha de publicación | 14 Marzo 2022 |
Tipo de documento | RESOLUCIONES SINTETIZADAS |
Número de Gaceta | 13854 |
Sección | Sección Oficial |
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 5
Lunes 14 de Marzo de 2022
equivalente a la tasa de interés para depósitos a plazo
fijo de más de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000) de TREIN-
TA (30) días a TREINTA Y CINCO (35) días, Badlar Ban-
cos Privados, o aquella que en el futuro la sustituya,
calculado considerando el promedio aritmético simple
de las tasas diarias publicadas por el BANCO CEN-
TRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA desde los DIEZ
(10) días hábiles anteriores (inclusive) al inicio de cada
periodo de devengamiento y hasta los DIEZ (10) días
hábiles anteriores a la finalización (exclusive) de cada
período de devengamiento. Los intereses serán paga-
deros trimestralmente los días 15 de marzo, 15 de junio,
15 de septiembre y 15 de diciembre de cada año hasta
su vencimiento y serán calculados sobre la base de los
días efectivamente transcurridos y la cantidad exacta
de días que tiene el año (actual/actual). Si el vencimien-
to del cupón no fuere un día hábil, la fecha de pago será
el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimien-
to original y se devengarán intereses hasta la fecha de
efectivo pago.
j) Mecanismo de colocación: suscripción directa por
parte del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la
Administración Nacional de la Seguridad Social.
k) Agente de cálculo: Subsecretaría de Coordina-
ción Financiera, dependiente del Ministerio de Econo-
mía y Crédito Público.
l) Garantía: A efectos de asegurar el cumplimiento
de las obligaciones de pago del capital y de los intere-
ses que devengue el Bono de Conversión, la Provincia
cederá «pro solvendo» irrevocablemente sus dere-
chos sobre las sumas a ser percibidas por el Régimen
de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo
con lo establecido en los artículos 1º, 2º y 3º del
ACUERDO NACIÓN-PROVINCIAS Y CIUDAD AUTÓNO-
MA DE BUENOS AIRES SOBRE RELACIÓN FINANCIERA
Y BASES DE UN RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN FE-
DERAL DE IMPUESTOS», ratificado por la Ley Nº 25.570
o el régimen que lo sustituya, hasta la total cancela-
ción del capital con más los intereses y gastos adeu-
dados.
m) Agente de Pago: Banco de la Nación Argentina.
n) Denominación mínima: VALOR NOMINAL PESOS
UNO (VN $1).
o) Negociación: serán negociables y se solicitará
su cotización en el Mercado Abierto Electrónico S.A.
(MAE) y en bolsas y mercados de valores del país.
p) Titularidad: Se emitirán Certificados Globales a
nombre de Caja de Valores S.A., en su carácter de
Agente de Registro.
q) Liquidación: MAE - Clear y/o a través del Banco
del Chubut S.A.
r) Agente Financiero: Banco del Chubut S.A.
s) Organizador: Banco del Chubut S.A.
t) Forma de pago de los servicios: El Ministerio de
Economía y Crédito Público deberá autorizar al Banco
de la Nación Argentina a que este retenga y posterior-
mente transfiera los fondos necesarios para afrontar
los vencimientos del Bono de Conversión.
u) Tratamiento impositivo: gozará de todas las exen-
ciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamen-
taciones vigentes en la materia.
v) Ley aplicable: Ley de la República Argentina.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Res. N° XXVIII-20 07-03-22
Artículo 1°.- Autorizase a la Policía de la Provincia
del Chubut a efectuar la liquidación y pago de la dife-
rencia salarial entre las jerarquías de Subcomisario y
Comisario Inspector devengada a favor del Comisario
CAPONE, Franco (DNI N° 26.544.062, clase 1978), por
las funciones efectuadas durante el período compren-
dido entre el 12 de junio de 2017 y hasta el 30 de no-
viembre de 2020, atento que ejerció el cargo de Direc-
tor de la Escuela de Personal Subalterno.-
Artículo 2°.- La liquidación reconocida en el Artículo
1°, quedará pendiente de pago hasta que se cuente
con disponibilidad financiera y/o presupuestaria.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente Resolución, se hará frente con crédito
de la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21
Policía de la Provincia del Chubut - Programa 92 - Recla-
mo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Acti-
vidad 1 - quedando pendiente de pago hasta que se
cuente con disponibilidad financiera y/o presupuesta-
ria - Ejercicio 2022.-
Res. N° XXVIII-21 07-03-22
Artículo 1°.- Otorgar al Comisario Mayor
PAILACURA, José Omar (D.N.I N° 20.816.371. clase
1969) de la Agrupación Comando - Escalafón Gene-
ral de la Policía de la Provincia de Chubut, tres (03)
meses de licencia con goce de haberes, conforme lo
previsto en el Artículo 104° de la Ley XIX N° 8 del
Digesto Jurídico.-
Artículo 2°.- La concesión del beneficio otorgado
en el Artículo anterior quedará supeditado a que su
goce no afecte el normal funcionamiento de los servi-
cios que preste el interesado en la Repartición.-
Res. N° XXVIII-22 07-03-22
Artículo 1°.- TENER por presentado en tiempo y for-
ma el Recurso Jerárquico contra la Resolución Nro. 644/
2021 (AAI.SA), confirmada por la Resolución Nro. 1049/
2021 (AAI.SA), interpuesto por el Cabo GONZÁLEZ Elvio
Esteban (D.N.I 33.308.671- Clase 1987). -
Artículo 2°.-DESESTIMAR el Recurso Jerárquico in-
terpuesto por el Cabo GONZÁLEZ Elvio Esteban
(D.N.133.308.671- Clase 1987).-
Res. N° XXVIII-24 07-03-22
Artículo 1°.- RECHAZAR el Recurso Jerárquico in-
terpuesto por el Oficial Principal RIOS Cristian Alberto
(D.N.I: 24.121.775 - Clase 1975), de conformidad a lo
establecido en el Artículo 106° y concordantes del Ré-
gimen Disciplinario Policial Vigente contra la Resolución
N° 855/2018 DRH (AAl - SA).-
Artículo 2°.- CONFIRMAR la Resolución Nro. 393/
2017 (AAl-SA) mediante la cual el Jefe de Policía de la
Provincia de Chubut resolvió sancionar con veinte (20)
días de arresto al. Oficial Principal RIOS Cristian Alberto
(D.N.I: 24.121.775 - Clase 1975), por infracción al artí-
culo 25° inciso 25) del Régimen Disciplinario Policial Vi-
gente.-
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 6 Lunes 14 de Marzo de 2022
MINISTERIO DE HIDROCARBUROS
Res. N° 06 04-03-22
Artículo 1°.- Aprobar la Contratación Directa
efectuada por el Ministerio de Hidrocarburos a través
de la Dirección de Administración, con la Sra. SABATH
TECA MARTA CUIT 27-92900584-3, titular de la firma
«OFICIAL SERVICE», enmarcada en el Artículo 95° Inci-
so C) Apartado 6 de la Ley II N° 76.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
del presente trámite será imputado en la Jurisdicción
62- Ministerio de Hidrocarburos- SAF 62- Ministerio de
Hidrocarburos- Programa 16- Desarrollo Minero del Mi-
nisterio de Hidrocarburos- 02 Control de Regalías - Inci-
so 3- Principal 3- Parcial 2- Mantenimiento y Reparación
de Vehículos - Ubicación Geográfica 11999- Fuente de
Financiamiento 3.82- Fondo art.55 Ley XVII N° 102 Pcial.
De Hidrocarburos- Ejercicio 2022.-
Res. N° 07 04-03-22
Artículo 1°.- Aprobar la Contratación Directa efec-
tuada por el Ministerio de Hidrocarburos a través de la
Dirección de Administración, con la firma TSUYOI SA
CUIT: 30-67025329-1, enmarcada en el Artículo 95° Inci-
so C) Apartado 3 de la Ley II N° 76.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
del presente trámite será imputado en la Jurisdicción
62- Ministerio de Hidrocarburos- SAF 62- Ministerio de
Hidrocarburos- Programa 16- Desarrollo Minero del Mi-
nisterio de Hidrocarburos- 02 Control de Regalías del
Ministerio de Hidrocarburos - Inciso 3- Principal 3- Par-
cial 2- Mantenimiento y Reparación de Vehículos - Ubi-
cación Geográfica 11999- Fuente de Financiamiento 111-
Rentas Generales - Ejercicio 2022.-
SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA,
INNOVACIÓN PRODUCTIVA Y CULTURA
Res. Nº XXV-05 04-03-22
Artículo 1°.- Modificar el Artículo 2° de la Resolución
XVII N° 13/17, que quedará redactado de la siguiente
manera: «Artículo 2°.-El gasto que demande el cumpli-
miento de la presente Resolución será imputado a la
Jurisdicción 66 - Secretaria de Ciencia, Tecnología, In-
novación Productiva y Cultura - SAF 66 - Programa 92-
Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores -
Actividad 1 – Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios
Anteriores, quedando pendiente de pago hasta contar
con disponibilidad presupuestaria y/o financiera - Ejer-
cicio 2022».-
Res. Nº XXV-06 04-03-22
Artículo 1°.- Abonar a la agente Mirtha Isabel
MARCHAND (M.I. N° 11.237.698 – Clase 1954), treinta
(30) días hábiles de la licencia anual reglamentaria del
año 2020 y veintitrés (23) días hábiles del proporcional
de la licencia anual reglamentaria del año 2021, confor-
me lo determina el Artículo 6° del Decreto N° 2005/91 y la
Resolución N° 195117 STR.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente Resolución será imputado a la Jurisdic-
ción 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación
Productiva y Cultura - SAF 66 - Secretaría de Ciencia,
Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Programa
92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anterio-
res - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejer-
cicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta
que se cuente con disponibilidad presupuestaria y/o
financiera – Ejercicio 2022.-
SECRETARÍA DE TRABAJO
DIRECCIÓN REGIONAL TRELEW
Res. N° 13 07-01-22
Artículo 1°.- IMPONESE a la razón social LUXOR
S.R.L. - CUIT N° 30-70981180-7 con domicilio fiscal en
Alem N° 325 de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut,
una multa equivalente a cinco (05) S.M.V.M. (conf. ap. 1
del art. 31° inc. k Ley X N° 15) sumado a dos (02)
S.M.V.M. (conf. ap. 3 del arto 31° inc. k Ley X N° 15).
Ascendiendo el S.M.V.M. a Pesos Treinta y Dos Mil con
001100 centavos ($32.000,00), el monto total de la mul-
ta impuesta se establece en PESOS CIENTO SESENTA
MIL CON 00/100 CENTAVOS ($160.000,00), y lo esta-
blecido en la Ley X N° 15. La multa se impone en virtud
de los incumplimientos detectados en autos y que fue-
ran detallados precedentemente, los cuales encuadran
en lo descripto por el Artículo 31°, inciso k) apartados 1
y 3 de la Ley Provincial X N° 15, ya que este Organismo
Laboral constató mediante acto inspectivo que la razón
social en cuestión no acreditó el pago de los haberes
de su personal correspondientes al mes de junio/2021
dentro de los plazos establecidos por ley.-
Artículo 2°.-COMUNÍQUESE que el importe de la multa
impuesta fue graduado por esta cartera Laboral tenien-
do en cuenta la finalidad de la misma (revertir los pre-
suntos incumplimientos del infractor), la naturaleza de
la infracción (pago de haberes fuero del plazo estable-
cido por ley y obstrucción a los procedimientos admi-
nistrativos establecidos mediante Ley Provincial X N°15),
la importancia económica del infractor y los anteceden-
tes en esta cartera laboral de parte del infractor.-
Artículo 3°.- COMUNÍQUESE que la multa impuesta
en el Artículo 1°, deberá abonarse dentro de los tres (3)
días de notificada, mediante el depósito en el Banco del
Chubut S.A. (se adjunta boleta para tal fin) y una vez
realizado el pago deberá acreditarse ante la Secretaría
de Trabajo Delegación Regional de Trelew, sito en Sar-
gento Cabral N° 1916 de la ciudad de Trelew, bajo aper-
cibimiento de iniciar el procedimiento previsto en el Artí-
culo 32 de la Ley Provincial X N° 15, que a sus efectos
se transcribe: «Firme la resolución sancionatoria la fal-
ta de pago de la multa impuesta autoriza a la Secretaría
de Trabajo a proceder a su ejecución por ante el Juzga-
do Letrado de Primera Instancia en lo Laboral compe-
tente. Asimismo, podrá disponer la clausura del esta-
blecimiento hasta el cumplimiento de la sanción, mante-
niéndose entre tanto el derecho de los trabajadores al
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