Ministerio de Salud, Año 2023 - Anexos Resolución N° XXI-618

Fecha de publicación07 Diciembre 2023
SecciónSección General
Número de Gaceta14273
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 2 Jueves 7 de Diciembre de 2023
Sección Oficial
DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Ratificar el Convenio de Co-
Administración del Área Natural Protegida
Punta Tombo entre el Ministerio de Turismo y
el Ente Trelew Turismo (ENTRETUR)
Decreto N° 1464
Rawson, 24 de Noviembre de 2023.
VISTO:
El Expediente N° 001777/2022-MTyAP; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la
ratificación del «CONVENIO MARCO DE
COADMINISTRACION DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA
PUNTA TOMBO y CENTRO TOMBO», celebrado entre el
Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas y el Ente Tu-
rismo Trelew, ENTRETUR, en fecha 15 del mes de sep-
tiembre de 2023;
Que la ley XI N° 18, crea el Sistema Provincial de
Áreas Protegidas, siendo el Ministerio de Turismo y
Áreas Protegidas su autoridad de aplicación;
Que dicha ley en su artículo 39° faculta a la Autori-
dad de Aplicación a asociarse con entidades públicas
y/o privadas a los fines de la mejor administración de
las Áreas Naturales Protegidas Provinciales, pudiendo
integrar entes públicos no estatales, delegando el ejer-
cicio de funciones administrativas que se estime con-
veniente;
Que la conservación y la gestión sostenible de áreas
con miras a asegurar la diversidad biológica, los servi-
cios de protección de los ecosistemas y los valores
culturales dependen de la acción de la sociedad en su
conjunto;
Que existen en el mundo una diversidad de tipos de
gobernanza de áreas protegidas que permiten alcan-
zar objetivos de conservación y de otra Índole;
Que por Decreto N° 2870/72 se creó el Área Natural
Protegida Punta Tombo como estación biológica desti-
nada a la investigación;
Que posteriormente se la designó, por Ley XXIII –
N° 12, como Reserva Natural Turística de objetivo es-
pecífico y mediante Decreto N° 1178/07, ratificado por
Ley N° 5676 fue recategorizada como Parque Provin-
cial y aprobado su plan de manejo;
Que en el año 2011, se pone en funcionamiento el
Centro Tombo cuya construcción se efectúa a los efec-
tos de jerarquizar la oferta turística del Área Natural
Protegida Punta Tombo y fortalecer los aspectos edu-
cativos e interpretativos sobre una de las principales
especies que la habitan, el «Pingüino de Magallanes»,
para aportar, información y mejorar la experiencia a los
visitantes, incrementar el tiempo de permanencia de los
turistas y generar interés de vista de acuerdo a los
lineamientos del Plan de Manejo;
Que por Resolución N° 43/12 se aprobó el Plan de
Manejo de Visitantes para el Área Natural Protegida Punta
Tombo;
Que en función de la Ley de Ministerios I-667 (Artí-
culo 17°), es el Ministerio de Turismo y Áreas Protegi-
das competente en la administración del Sistema Pro-
vincial de Áreas Naturales Protegidas;
Que la Ley XXIII N° 49 establece en su Artículo 8°,
entre otros, son deberes de la Autoridad de Aplicación,
sin perjuicio de las establecidas por otras normas: Pro-
mover la participación de los sectores público, y priva-
do en el desarrollo del turismo; Asegurar la protección y
conservación del patrimonio cultural y natural de la Pro-
vincia; Formular el marco normativo pertinente y su cum-
plimiento efectivo, a través de actividades de inspec-
ción y auditorias en instalaciones y servicios vincula-
dos a la actividad turística;
Que por Ley XXIII N° 41 se aprobó el Convenio de
Coadministración del Área Natural Protegida Punta
Tombo y Centro Tombo, suscripto el 31 de Agosto del
2016 entre el entonces Ministerio de Turismo de la Pro-
vincia del Chubut, y el Ente Trelew Turístico (ENTRETUR),
siendo su objeto mejorar la gestión integral del Área
Natural Protegida Punta Tombo, teniendo en cuenta el
enfoque eco-sistémico, incorporando la intervención de
la comunidad de Trelew y el sector privado en el Área
Natural Protegida;
Que desde hace 14 años el ENTRETUR contribuye
con la administración y gestión del Área Natural Protegi-
da Punta Tombo y el Centro Tombo, resultando la entidad
mejor dotada para contribuir, operativamente, con su
desarrollo, por su estructura, sus especiales funciones
y atribuciones y su condición mixta que reúne tanto al
sector público como privado;
Que en virtud de esas mejoras operativas y estruc-
turales implementadas en el área, y considerando el
incremento de la afluencia de visitantes registrados en
los últimos años, cuyo arribo masivo se produce entre
los meses de septiembre a abril de cada año, se hace
necesario optimizar la gestión Administrativa del área,
involucrado al sector privado en la búsqueda de optimizar
la operatividad del área y la mejora en la calidad de los
servicios brindados;
Que la administración es un proceso particular con-
sistente en las actividades de planeamiento, organiza-
ción, ejecución, y control, desempeñadas para determi-
nar y alcanzar los objetivos señalados con el uso de
diferentes recursos;
Que las personas o entes públicos son aquellos
que, a diferencia del privado, son regidos total o parcial-
mente por el derecho público y pueden o no ser estata-
les;
Que en esta inteligencia y después de siete (7) años
desde la suscripción del primer convenio de
coadministración, es necesario la revisión de los térmi-
nos allí acordados, dada la actualización del sistema de
cobro, del funcionamiento operativo del Área y Centro
Tombo, y la necesidad de ofrecer nuevos servicios,
dotando al ENTRETUR de mayores herramientas;
Que dicho Convenio fue suscripto por el señor Sub-
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Jueves 7 de Diciembre de 2023
secretario de Conservación y Áreas Protegidas a/c del
Ministerio de Turismo Doctor Marcelo BERTELLOTTI y
por el Presidente del Ente Trelew Turismo, Sr. Miguel
RAMOS, siendo el mismo registrado al Tomo 4, Folio 279
del Registro de Contratos de Locación de Obras e
Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con
fecha 05 del mes de septiembre del año 2016, constan-
do de tres (3) fojas;
Que de fojas 132/138 obra en el expediente copia
fiel del Convenio de Coadministración suscripto en fe-
cha 15 del mes de septiembre del año 2023, por las
partes intervinientes y debidamente registrado al Tomo
4, Folio 064 del Registro de Contratos de Locación de
Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobier-
no;
Que de fojas 08 a fojas 24 corre agregada la docu-
mentación del ENTRETUR, y de fojas 119 a fojas 121
luce agregada la documentación que acredita al Señor
Miguel Ramos como presidente del ENTRETUR;
Que conforme lo establece el Artículo 135°, Inciso
1) de la Constitución Provincial, corresponde dar cuen-
ta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
a los efectos de que tome la intervención que le compe-
te;
Que la Dirección General de Asesoría Legal del Mi-
nisterio de Turismo y Áreas Protegidas, ha tomado in-
tervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor Gene-
ral de Gobierno;
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el
«CONVENIO DE CO-ADMINISTRACIÓN DEL ÁREA NA-
TURAL PROTEGIDA PUNTA TOMBO» celebrado entre el
Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, representa-
do por el Ministro de Turismo y Áreas Protegidas, Téc-
nico Leonardo Remigio GAFFET (DNI N° 17.473.721) y
Ente Trelew Turismo, (ENTRETUR), representado por
su Presidente, el señor Miguel Ramos (DNI N°
12.538.123), suscripto en fecha 15 del mes de sep-
tiembre de 2023 y registrado al Tomo 4, Folio 054 del
Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles
de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 21 del
mes de septiembre del año 2023.-
Artículo 2°.- Remítase a la Legislatura de la Provin-
cia del Chubut el convenio que se ratifica, de conformi-
dad a lo dispuesto en el Artículo 135°, inciso 1) de la
Constitución Provincial.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado
por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los
departamentos de Turismo y Áreas Protegidas y de
Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Bo-
letín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Sr. LEONARDO R. GAFFET
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N° 1434 22-11-23
Artículo 1°.- Exonerar a partir de la fecha del pre-
sente decreto, al agente DOMINGUEZ, Juan Fernando
(DNI N° 37.148.397 - Clase 1991), por aplicación de lo
dispuesto en los artículos 51 y concordantes de la Ley
I N° 74.
Dto. N° 1463 23-11-23
Artículo 1°.- Aprobar la contratación directa reali-
zada por la Jefatura de la Policía del Chubut, depen-
diente del Ministerio de Seguridad, con la firma comer-
cial «SASTRERIA MILITAR», organismo público, CUIT N°
30-66283362-9, por la adquisición de indumentaria a
proveer al personal policial que egresará de los distin-
tos Centros de Formación Profesional y del Instituto
Superior de Formación Policial N° 811, por un monto de
PESOS TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CIN-
CUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($ 31.258.600,00),
de acuerdo a lo estipulado en el artículo 95°, inciso c),
apartado 7) de la Ley II N° 76, conforme fuera oportuna-
mente autorizado por el señor Ministro de Seguridad
mediante Resolución N° 558/2023 MSeg. y en el marco
del artículo 105° de la Ley II - N° 76.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
del presente decreto se imputará de acuerdo al siguien-
te detalle: Ejercicio 2023-Jurisdicción 09-SAF 21- Pro-
grama 23-Fuente de Financiamiento 3.58-Inciso 2 - Par-
tida Principal 2-Parcial 2 - Subparcial 01.-
Dto. N° 1465 24-11-23
Artículo 1°.- Cesen los servicios a partir de la fecha
del presente decreto, de la agente Manuela Teresa
CURAPAN (DNI N° 12.047.325 - Clase 1956), quien re-
vista en el cargo Ordenanza B - Código 1-017- Nivel VI
- Categoría 2 – Agrupamiento Personal de Servicios -
Planta Permanente, dependiente de la Dirección Gene-
ral de Automotores y Viviendas Oficiales - Subsecreta-
ría de Coordinación y Enlace – Secretaría General de
Gobierno, por aplicación del Artículo 10° - inciso g) de la
Ley I N° 74.-
Dto. N° 1466 24-11-23
Artículo 1°.- Mensualízase a la señora ROJAS
DELBOS, Tatiana Ailin (DNI N° 19.025.834 - Clase 1992)
en el cargo Agrupamiento D - Clase II - Grado 1 - Cate-
goría 4, con 30 horas semanales de labor, conforme a
lo previsto en el artículo 51 y 133 del Convenio Colecti-
vo de Trabajo N° 12/13 del Ministerio de Salud, homolo-
gado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir fun-
ciones como operadora comunitaria en el
Hospital Subzonal Rawson dependiente de la Di-
rección Provincial Área Programática Trelew del Minis-
terio de Salud, a partir de la fecha del presente decreto
y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
del presente decreto se imputará en la Jurisdicción 70 -
Ministerio de Salud - Partida 1.0.0 - Gastos en Personal
- Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio
Administrativo Financiero 71 - Programa 23 - Atención

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