Expediente nº 12919/156 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 14 de Diciembre de 2016
Fecha de Resolución | 14 de Diciembre de 2016 |
Emisor | Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas |
E.. nº 12919/15 "Ministerio Público -Defensoría General de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Legajo de juicio en autos B., V.A. s/ inf. art(s). 189 bis, CP'"
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2016
Vistos: los autos indicados en el epígrafe.
Resulta 1. El Defensor General Adjunto en lo Penal, C. y de Faltas de esta ciudad, en representación de V.A.B., interpuso recurso extraordinario federal (fs. 139/151) contra la decisión del Tribunal del 19 de agosto de 2016 que, en lo que aquí importa, rechazó el recurso de queja interpuesto (fs. 124/130).
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El F. General a cargo, al contestar el traslado conferido, expresó que el Tribunal debía declarar inadmisible el recurso porque la defensa no había planteado una cuestión constitucional (fs. 155/156).
Fundamentos
Los jueces A.M.C., I.M.W., A.E.C.R. y J.O.C. dijeron:
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El recurso extraordinario federal deducido por la defensa fue interpuesto en tiempo oportuno (art. 257, CPCCN). Sin embargo, debe ser denegado.
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La defensa, en su recurso, manifiesta que el Tribunal, arbitrariamente, "(…) al confirmar la decisión de la Sala II (…) [vulneró] el derecho de [su] ahora asistido a permanecer en libertad, a no ser detenido ni sometido a una requisa personal sin orden emanada de autoridad competente y sin que existan motivos o circunstancias objetivas previas suficientes para fundar un estado de sospecha, situación que se traduce en una directa afectación de la libertad ambulatoria y de la intimidad (arts. 18 CN; 13.1 CCABA: 5,9 y 10 DADyDH; 7, 11.2 y 3 CADH; 17.1 y 2 PIDCyP)" (fs. 139 vuelta).
Asimismo, considera que, arbitrariamente, se convalidó una sentencia que omitió valorar adecuadamente la prueba producida en el debate, lo cual conlleva la afectación del debido proceso y la defensa en juicio.
Por último, se agravia por la individualización de la pena impuesta y, al respecto, sostiene que se encuentran vulnerados los principios de culpabilidad y proporcionalidad en tanto, pese a haberse modificado la calificación jurídica de la conducta atribuida, no se redujo proporcionalmente la pena impuesta.
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En primer lugar, cabe señalar que los motivos de agravio presentados en relación a la detención policial, requisa y secuestro del arma de fuego, así como aquellos vinculados con la, sostenida, ilegítima individualización de la pena impuesta, sólo abarcan la discusión sobre aspectos de hecho y prueba -y aplicación de normas no federales- que, así como resultan ajenos a la...
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