Expediente nº 12465/86 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 1 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2016
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

E.. nº 12465/15 "Ministerio Público -Defensoría General de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Legajo de juicio en autos D., M.A. s/ infr. art. 149 bis, amenazas, CP'"

Buenos Aires, 1 de marzo de 2016

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. El Defensor General y el Defensor General Adjunto de esta Ciudad dedujeron la presente queja (fs. 32/37) contra la resolución de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, C. y de Faltas (fs. 27/29) que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad que la defensa oficial había interpuesto (fs. 18/24). Allí cuestionaba el pronunciamiento de esa misma Sala (fs. 16/17) que rechazó in limine el recurso de apelación presentado contra la decisión del juez de grado que había dispuesto devolver las actuaciones al magistrado interviniente en la etapa de investigación para que agregara al legajo de juicio la totalidad de la prueba admitida en el marco de la audiencia del art. 210, CPPCABA (fs. 9).

  1. En el recurso de inconstitucionalidad denegado por los jueces de la Sala I, el Defensor Oficial explicó que aquella decisión debía ser equiparada a una sentencia definitiva porque los principios de cosa juzgada, progresividad, preclusión y las garantías del debido proceso, defensa en juicio, imparcialidad, juez natural y el sistema acusatorio -que, en su opinión, se veían comprometidas en el caso- requerían su tutela inmediata. En esa línea, afirmó que la cuestión debatida en estas actuaciones guardaba estrecha relación con la controversia que motivó el pronunciamiento de este Tribunal en el caso "Ministerio Público -Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'Incidente de competencia en autos G., A.J. s/ infr. art. 1, Ley n° 13944 (recurso de inconstitucionalidad)'", expediente n° 9443/12, resolución del 18/12/2013.

  2. El F. General Adjunto, al tomar intervención, consideró que el Tribunal, siguiendo la doctrina del mencionado fallo "Galantine", debía admitir el recurso de queja, hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Defensa y dejar sin efecto el pronunciamiento atacado (fs. 62/65).

  3. Seguidamente, el Defensor General Adjunto solicitó la suspensión del curso del proceso con el objeto de evitar la celebración del juicio (fs. 70).

    Fundamentos

    El juez J.O.C. dijo:

  4. Si bien la defensa ha solicitado la suspensión del curso del proceso, lo cierto es que existen razones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR