Expediente nº 13744/54 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 28 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2016
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

E.. n° 13744/16 "Ministerio Público -Asesoría General Tutelar de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucio-nalidad denegado en 'Incidente de apelación en autos M., A. y otros s/ infr. art. 189 bis, CP'" y su acumulado expte. n° 13767/16 "Ministerio Público -Defensoría General de la CABA- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'Incidente de apelación en autos M., A. y otros s/ infr. art. 189 bis, CP'"

Buenos Aires, 28 de octubre de 2016

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. La Asesoría General Tutelar y la Defensoría General de la CABA interpusieron quejas contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, C. y de Faltas que declaró inadmisibles los recursos de inconstitucionalidad, cuyas copias obran a fs. 58/78 y 166/174, respectivamente. Esos remedios procesales fueron deducidos, a su turno, contra la resolución mediante la cual el tribunal a quo, por una parte -y en lo que aquí interesa-, confirmó la decisión del titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas nº 11 -con competencia en materia penal juvenil- que había rechazado la solicitud de remisión del joven imputado y, por otra parte, declaró inadmisible el recurso de apelación de la Asesoría Tutelar por falta de legitimación procesal (fs. 44/55).

  1. La Asesoría General Tutelar, en una presentación posterior a su queja, solicitó al Tribunal la suspensión del curso del proceso en los términos del art. 33 de la ley n° 402 (fs. 211/213). En su escrito, sostuvo que la suspensión era absolutamente necesaria ya que la prosecución del trámite del expediente principal tornaría abstractos los agravios constitucionales planteados en la queja -vinculados con el principio constitucional de especialidad del sistema judicial y la aplicación del instituto de la remisión respecto del joven imputado-. Además solicitó que, previo a resolver, se corriera vista a la defensa.

    Corrida la vista solicitada, el Defensor General Adjunto de la CABA hizo suyos los argumentos de la asesoría tutelar, acompañó el pedido de suspensión del proceso y agregó que la audiencia de juicio había sido fijada para el día 01/11/16. Señaló también que la realización del debate tornaría abstractos los agravios constitucionales formulados en su queja, ya que su pretensión consistía en la aplicación del instituto previsto en el art. 75 del Régimen Procesal Penal Juvenil (fs. 218).

    Asimismo, la señora jueza a cargo del Juzgado Penal, Contravencional y de...

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