MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de disposición03 Septiembre 2015
Fecha de publicación03 Septiembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33206

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S 555/15.

Artículo 1

La Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios —cuya sigla es A.V.V.A.—, es producto de la fusión de la Asociación Viajantes de Comercio —A.V.C.— Entidad fundada el 30-12-27, con la Asociación Viajantes de Industria y Comercio —A.V.I.C.—, que ambas entidades han formalizado en aras de la unidad del Gremio de viajantes.

La Entidad conserva con todos sus alcances la Personería Gremial n° 41, su ámbito de actuación es el de todo el territorio del país, sin excepciones ni limitaciones geográficas de ninguna naturaleza y tiene fijado su domicilio legal en la calle Bartolomé Mitre 1175/77/79 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2

Integran y podrán integrar la A.V.V.A., todas las personas que se desempeñen en la profesión o actividad, o categoría u oficio de viajantes, vendedores, corredores, representantes, agentes de ventas. Dentro de la denominación genérica de viajantes, se hallan comprendidos los distintos nombres con que se acostumbra a llamar a quienes ejercen la profesión, por ejemplo: viajantes de plaza, placistas, corredores, viajantes o corredores de industria, de comercio, de servicios y/o afines, corredores de plaza o interior, agentes representantes o agentes comerciales, corredores domiciliarios, representantes, promotores, promotores de ventas, de planes de ahorros para fines determinados, vendedores de cursos, de libros a domicilio, de tarjetas de compras o de crédito, servicios de administración de fondos de jubilación y de pensión, de medicina propaga o planes médico asistenciales, agente de laboratorio, distribuidores, encargados de cuentas, encargados de clientes especiales j oficial de cuentas, encargados de presupuestos, técnicos de ventas, técnico supervisor de ventas, negociadores, vendedores repartidores, preventistas y cualquier otra denominación que se asigne por los usos o disposiciones de las empresas empleadoras y/o en los contratos de trabajo a quienes tengan como actividad habitual, en representación de uno o más empleadores, concertar negocios relativos al giro comercial de los mismos, bajo cualquier forma jurídica que asuman los contratos en que se intermedian bienes o servicios. Se incluye al...

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