Ministerio de Desarrollo Humano, Año 2024 - Res. N° 18 a 20 y 24

Fecha de publicación06 Febrero 2024
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta14312
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 5
Martes 6 de Febrero de 2024
debidamente certificados al momento de su digitalización.
En relación a las capacitaciones, se computarán aque-
llas comprendidas dentro de los dos (2) últimos años.
Todos los antecedentes serán solicitados a quienes
superen la instancia de oposición escrita.
Artículo 7°) El jurado no dará curso a las inscripcio-
nes de quienes no cumplan con los recaudos exigidos
por la normativa y/o con los requeridos de la presente
convocatoria.
Artículo 8°) Actuaciones y notificaciones: Todas las
actuaciones y notificaciones que se realicen en el mar-
co del concurso deberán registrarse en el inodi Expe-
diente mencionado en el visto.
Artículo 9°) Requisitos de ingreso: para el Ingreso
al Poder Judicial de la Provincia del Chubut, se requerirá
oportunamente la presentación de la siguiente docu-
mentación:
a) Certificado de Antecedentes Penales expedido
por la Dirección de Registros Judiciales;
b) Certificado de Antecedentes Penales expedido
por el Registro Nacional de Reincidencia Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación;
c) Certificado de Libre Deuda expedido por el Re-
gistro Público de Alimentantes Morosos de la Provincia
(RAM). Será requerido también en caso de ascenso;
d) Certificado de aptitud psico - físico expedido por
el órgano competente del Poder Judicial;
e) Prestar declaración jurada patrimonial de acuer-
do a lo establecido en el CAPITULO IV de la Ley I N° 231
(antes ley 4816, de Ética de la Función Pública);
Artículo 10°) A través de la Dirección de Recursos
Humanos requerir la difusión del presente concurso,
en Intranet - Novedades RRHH y en la página Web. En
oportunidad de la difusión, se habilitará el temario del
examen. Podrán acceder al mismo y a la bibliografía
correspondiente a través del siguiente link https://
www.juschubut.gov.ar/index.php/bibliotecas/
bibliografia-decestudio-paraconcursos.
Ante dudas y/o consultas comunicarse con el co-
rreo electrónico: concursos@juschubut.gov.ar.
Artículo 11°) El presente llamado a concurso se
publicará en el Boletín Oficial y se solicitará a la Agencia
de Comunicación Judicial la publicación en dos diarios
provinciales durante los tres días hábiles inmediata-
mente anteriores al inicio de la fecha de inscripción.
Artículo 12°) Regístrese, notifíquese a los integran-
tes del jurado designado, publíquese y archívese.
Fdo. por el Cr. Mariano J. PARDINI, Administrador
General Subrogante.
I: 06-02-24 V: 08-02-24
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
Res. N° 18 24-01-24
Artículo 1°.- OTÓRGASE en subsidio por la suma
total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($
540.000,00) pagaderos en seis (6) cuotas iguales y
consecutivas de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000,00),
cada una, a favor de la señora M.B.M., - (CUIL/CUIT N°
23-38443587-4), con domicilio en la localidad de Gaiman,
en concepto de ayuda social directa, en el marco del
Programa de «Fortalecimiento Integral a las Víctimas de
Violencia de Género».-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente resolución será con cargo a: Jurisdic-
ción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 4
- Actividad 1 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida
Parcial 4 - Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año
2024.
Artículo 3°.- El subsidio otorgado deberá ser inver-
tido dentro de los treinta (30) días de recepcionado y
rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia
dentro de los sesenta (60) días de su inversión con
copia a la Dirección General de Administración del Mi-
nisterio de Desarrollo Humano.
Res. N° 19 24-01-24
Artículo 1°.- OTÓRGASE en subsidio por la suma
total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($
540.000,00) pagaderos en seis (6) cuotas iguales y
consecutivas de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000,00),
cada una, a favor de la señora A.L.M. (CUIL/CUIT N° 23-
39062658-4), con domicilio en la localidad El Hoyo, en
concepto de ayuda social directa, en el marco del Pro-
grama de «Fortalecimiento Integral a las Víctimas de
Violencia de Género».-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente resolución será con cargo a: Jurisdic-
ción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 4
- Actividad 1 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida
Parcial 4 - Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año
2024.
Artículo 3°.- El subsidio otorgado deberá ser inver-
tido dentro de los treinta (30) días de recepcionado y
rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia
dentro de los sesenta (60) días de su inversión con
copia a la Dirección General de Administración del Mi-
nisterio de Desarrollo Humano.
Res. N° 20 24-01-24
Artículo 1°.- OTÓRGASE en subsidio por la suma
total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($
540.000,00) pagaderos en seis (6) cuotas iguales y
consecutivas de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000,00),
cada una, a favor de la señora D.M.E. (CUIL/CUIT N° 27-
29801519-1), con domicilio en la localidad de Epuyen,
en concepto de ayuda social directa, en el marco del
Programa de «Fortalecimiento Integral a las Víctimas de
Violencia de Género».-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente resolución será con cargo a: Jurisdic-
ción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 4
- Actividad 1 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida
Parcial 4 - Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año
2024.
Artículo 3°.- El subsidio otorgado deberá ser inver-
tido dentro de los treinta (30) días de recepcionado y
rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia

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