Ministerio de Ambiente y Control Del Desarrollo Sustentable, Año 2020 - Res. N° 188 a 191

Fecha de publicación26 Enero 2021
Tipo de documentoRESOLUCIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta13579
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 8 Martes 26 de Enero de 2021
acogerse a los beneficios jubilatorios, según lo estable-
cido en el Artículo 31° de la Ley XVIII - N° 32.-
Artículo 2°.- Establecer que por la Dirección General
de Recursos Humanos se verifique la existencia de
acreencias con derecho a cobro por la renunciante a
efectos de dar inicio al proceso de determinación de las
mismas y posterior pago.-
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN A CARGO DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Res. N° 221 29-12-20
Artículo 1º.- Otórguese un subsidio en los términos del
Decreto Nº 1304/78, modificado por los Decretos Nº 1232/
00 y 2424/04, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA
MIL ($ 150.000.-), a favor de la Comuna Rural de Gastre,
en la persona de su Presidente, señor Genaro PÉREZ (DNI
Nº 35.034.397), destinados a financiar la construcción de
invernáculo familiar que tendrá como objetivo la demostra-
ción de tal emprendimiento productivo.-
Artículo 2º.- Autorízase al SAF 67 MAGIyC a abonar
la suma detallada en el Artículo precedente.-
Artículo 3º.- La Comuna Rural de Gastre deberá in-
vertir los fondos dentro de los TREINTA (30) días de
recepcionados y rendirlos por ante el Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia dentro de los TREINTA (30) días de su
inversión, con remisión de copia a la Dirección General
de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganade-
ría, Industria y Comercio.-
Artículo 4º.- Los importes no utilizados deberán ser
reintegrados, mediante cheque, giro o depósito en
la cuenta Nº 500008/9 del Banco del Chubut S.A., a
la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro
del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante
el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de
la presente Resolución se imputará con cargo a la Juris-
dicción 67 – SAF 67 – Programa 01 – Actividad 01 – I.P.P.
5-7-6 – Fuente de Financiamiento 111 – Ejercicio 2020.-
MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONTROL DEL
DESARROLLO SUSTENTABLE
Res. N° 188 13-11-20
Artículo 1°.- Exceptúase el presente trámite del cri-
terio de irretroactividad establecido en el Artículo 32°,
punto 3) - Ley I N° 18 del Digesto Jurídico.-
Artículo 2°.- Autorizase el abono del Fondo Estímulo,
a los agentes de Planta Temporaria, Permanente y Per-
sonal Fuera de Nivel del Ministerio de Ambiente y Control
del Desarrollo Sustentable, que cumplimentan con los
requisitos de la Resolución XXIV N° 11/18, modificada
por la Resolución XXIV N° 05/19, correspondiente al
mes de octubre de 2020.-
Artículo 3°.-El gasto que demande el cumplimiento
del presente trámite y que asciende a la suma total de
PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CIN-
CUENTA Y CUATRO CON 52 CENTAVOS ($809.954,52),
se imputará en la Jurisdicción: 63 - Ministerio de Am-
biente y Control del Desarrollo Sustentable - SAF: 63 -
Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Susten-
table - SAF: 63 - en los Programas: 1 - Conducción y
Administración del Ministerio de Ambiente y Control del
Desarrollo Sustentable - Actividad: 1 - Conducción y
Administración del Ministerio de Ambiente y Control del
Desarrollo Sustentable; Programa: 16 - Gestión Am-
biental y Desarrollo Sustentable - Actividad: 1 - Con-
ducción y Administración, Actividad: 2 – Evaluación
Ambiental y Actividad: 3 - Gestión Ambiental; y en el
Programa: 17 - Regulación y Control Ambiental- Activi-
dad: 1 - Conducción y Administración; Actividad: 3 -
Comarca Virch península Valdés, Meseta Central y Los
Andes y Actividad: 4 - Comarca Senguer San Jorge -
Fuente de Financiamiento 3.11 - Ejercicio 2020.-
Res. N° 189 25-11-20
Artículo 1°.- SUSPENDER los plazos impuestos en
los expedientes N° 84-20-MAyDS, N° 85-20-MAyDS,
N° 113-20-MAyDS, N° 143-20-MAyDS, N° 155-20-
MAyDS, N° 351-20-MAyDSy N° 161-20-MAyDS de la
presente Resolución hasta tanto se resuelva la cues-
tión de fondo en cada uno de los expedientes plantea-
dos.-
Res. N° 190 15-12-20
Artículo 1°.-NO CONCEDER el Recurso Directo in-
terpuesto por la empresa SAN ANTONIO
INERNACIONAL S.R.L., contra la Disposición N° 40/20-
SRyCA.-
Artículo 2°.- CONFIRMAR en todos sus términos la
Disposición N° 40/20-SRyCA.-
Artículo 3°.- HACER SABER a la empresa SAN
ANTONIO INTERNACIONAL S.R.L. que el presente acto
administrativo es definitivo en la vía administrativa que-
dando en consecuencia expedita la vía judicial confor-
me el inciso 2) del artículo 66° de la Ley I N° 18.-
Res. N° 191 18-12-20
Artículo 1°.- AUTORÍZASE a la Dirección de Admi-
nistración del Ministerio de Ambiente y Control del De-
sarrollo Sustentable, al pago de la Factura «B» N° 0006-
00083962, de la firma ALARMAS 24 HORAS, por un
monto de PESOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS
($31.200,00), y Factura «B» N° 0006 - 00083961, de la
firma ALARMAS 24 HORAS, por un monto de
PESOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS ($
24.600,00), en concordancia con lo previsto por el Ar-
tículo 95°, inciso C, apartado 5, de la Ley II N° 76.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente Resolución y que asciende a la suma de
PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS
($55.800,00) se imputará en la Jurisdicción 63 - SAF
63 - Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo
Sustentable – Programa 1 - Conducción y Administra-
ción - Actividad: 1 - Conducción y Administración -
Inciso 3 – Principal 3 - Parcial 4 - Fuente de
Financiamiento 311 - Ubicación Geográfica 11999 - Ejer-
cicio 2020.-
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 9
Martes 26 de Enero de 2021
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
Disp. N°85 23-12-20
Artículo 1º.- INSCRÍBASE con el N° 390 del «Regis-
tro Provincial de Prestadores de Consultoría Ambiental
«, en la categoría: «Consultoría Ambiental «, a la Licen-
ciada en Gestión Ambiental: Paula Mariana BARRERA,
DNI Nº 31.794.448, con domicilio legal en calle Corbeta
Uruguay N° 424, de la ciudad de Rada Tilly, Provincia
del Chubut.-
Artículo 2º.- A los efectos de mantener la inscrip-
ción, la Licenciada en Gestión Ambiental: Paula Mariana
BARRERA, DNI Nº 31.794.448, deberá cumplimentar los
deberes establecidos de los Artículos 12°, 15° y 16° del
Decreto N° 39/2013 , debiendo presentar la siguiente
documentación, bajo apercibimiento de Ley:
a) Abonar ANUALMENTE la Tasa Retributiva de Ser-
vicios prevista en la Ley de Obligaciones Tributarias
vigente en la Provincia del Chubut, presentando el com-
probante original.
b) Cada DOS (2) años contados desde la fecha de
la presente Disposición, se deberá presentar currícu-
lum vitae actualizado conteniendo además de los datos
personales, información relacionada a cursos, congre-
sos, posgrados y demás aspectos académicos y los
nuevos trabajos realizados, debiendo acompañar la
documentación respectiva que acredite dicha informa-
ción, en copias certificadas y/o legalizadas. El mismo
tendrá carácter de Declaración Jurada.
c) Cada DOS (2) años contados desde la fecha de la
presente Disposición a fin de mantenerse actualizada
en la temática ambiental deberá presentar constancias
de la realización de cursos, congresos, talleres, publi-
caciones, etc. en copias certificadas y/o legalizadas.
Artículo 3º.- La Licenciada en Gestión Ambiental:
Paula Mariana BARRERA, DNI Nº 31.794.448, deberá
confeccionar los documentos ambientales que presente
bajo su exclusiva responsabilidad y en función de las
incumbencias profesionales determinadas para su títu-
lo universitario, de acuerdo a la categoría en la que fue
inscripta, debiendo acompañar copia de las mismas en
cada presentación.-
Disp. N°86 23-12-20
Artículo 1º.- INSCRÍBASE con el N° 380 del «Regis-
tro Provincial de Prestadores de Consultoría Ambiental
«, en la categoría: «Consultoría Ambiental «, a la Licen-
ciada en Gestión Ambiental: Silda Anahí BARRIONUEVO,
DNI Nº 36.494.622, con domicilio legal en calle Comodoro
Urtubey N° 594, de la localidad de Rada Tilly, Provincia
del Chubut.-
Artículo 2º.- A los efectos de mantener la inscrip-
ción, la Licenciada en Gestión Ambiental: Silda Anahí
BARRIONUEVO, DNI Nº 36.494.622, deberá cumplimen-
tar los deberes establecidos de los Artículos 12°, 15° y
16° del Decreto N° 39/2013, debiendo presentar la si-
guiente documentación, bajo apercibimiento de Ley:
a) Abonar ANUALMENTE la Tasa Retributiva de Ser-
vicios prevista en la Ley de Obligaciones Tributarias
vigente en la Provincia del Chubut, presentando el com-
probante original.
b) Cada DOS (2) años contados desde la fecha de
la presente Disposición, se deberá presentar currícu-
lum vitae actualizado conteniendo además de los datos
personales, información relacionada a cursos, congre-
sos, posgrados y demás aspectos académicos y los
nuevos trabajos realizados, debiendo acompañar la
documentación respectiva que acredite dicha informa-
ción, en copias certificadas y/o legalizadas. El mismo
tendrá carácter de Declaración Jurada.
c) Cada DOS (2) años contados desde la fecha de
la presente Disposición a fin de mantenerse actualiza-
do en la temática ambiental deberá presentar constan-
cias de la realización de cursos, congresos, talleres,
publicaciones, etc. en copias certificadas y/o legaliza-
das.
Artículo 3º.- La Licenciada en Gestión Ambiental:
Silda Anahí BARRIONUEVO, DNI Nº 36.494.622, deberá
confeccionar los documentos ambientales que presen-
te bajo su exclusiva responsabilidad y en función de las
incumbencias profesionales determinadas para su títu-
lo universitario, de acuerdo a la categoría en la que fue
inscripta, debiendo acompañar copia de las mismas en
cada presentación.-
Disp. N°87 23-12-20
Artículo 1º.- RENUÉVESE la inscripción N° 043 al
Laboratorio denominado: LABORATORIO BIOQUÍMICO
MAR DEL PLATA S.A., (CUIT N° 30-70748285-7), en el
«Registro Provincial de Laboratorios de Servicios Ana-
líticos Ambientales», cuyas Responsables Técnicas son:
en la Sede de Puerto Madryn la Ingeniera Ambiental, Ma-
ría Josefina ARISTARAIN, DNI N° 33.315.820 y por la Sede
de Mar del Plata, la Licenciada en Química: Mónica Bibiana
ESPINOSA, DNI N° 17.282.742, con domicilio legal en ca-
lle Rivadavia N° 3331 y domicilio declarado en calle
Magallanes N° 3019, 1° Piso ambos de la ciudad de Mar
del Plata, Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º.- El vencimiento operará en el plazo
de UN (1) año contado a partir de la fecha de la presen-
te, por lo que el Laboratorio deberá solicitar la renova-
ción y actualizar la documentación bajo apercibimiento
de suspender automáticamente la inscripción.-
Artículo 3º.- Los parámetros, matrices, métodos o
técnicas y límites de cuantificación de los analitos cons-
tan en el Anexo I que integra la presente Disposición.-
(Ver anexos en Original SGAyDS)
ACUERDOS
TRIBUNAL DE CUENTAS
ACUERDO REGISTRADO BAJO EL N° 133 /20
En Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los
12 días del mes de Agosto de dos mil veinte, reunidos

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