Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL, 8 de Mayo de 2014, expediente 9493/2014

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2014
EmisorSALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación Sala B Expediente n° 9493/2014 - "MINGOZZI CLAUDIA S/QUIEBRA S/EXTENSION DE QUIEBRA S/INCIDENTE DE MEDIDAS CAUTELARES S/ QUEJA"

Juzgado n° 16 - Secretaría n° 32 Buenos Aires, 8 de mayo de 2014.

Y VISTOS:

  1. La Sra. C.M. y M.A.C. -en su carácter de presidente de Findecor S.A., D.M.S.A., Rio del Sur S.A. y Tramil S.A., acudieron en queja ante este Tribunal en virtud de la providencia dictada el 21 de abril pasado "...que desestimó el recurso presentado el día 16 de abril sobre la forma de concesión del recurso".

  2. Conforme el cpr 282 la queja debe dirigirse contra la providencia que deniega el recurso de apelación o el extraordinario en su caso, "pidiendo que se otorgue el recurso denegado y se ordene la remisión del expediente", motivo por el cual la alzada debe revisar ese pronunciamiento y no otro. Se persigue revocar la providencia denegatoria de la apelación.

    A su término el cpr 284 prescribe: "Las mismas reglas se observarán cuando se cuestionase el efecto con que se hubiese concedido el recurso de apelación".

    En un caso como el presente, donde se objeta la concesión con efecto devolutivo de cierta apelación la queja debió ser deducida contra la providencia que concedió la apelación (en este caso con efecto devolutivo), y no contra la providencia que rechazó el recurso interpuesto, contra el auto que admitó aquella impugnación pero con efecto diferente al pretendido.

    Dicha circunstancia impide hacer lugar a la queja, pues de admitirse el planteo de la recurrente se permitiría que de manera elíptica -y tardíamente- se cuestionase el efecto devolutivo asignado un recurso concedido con anterioridad.

    Sin perjuicio de ello debe señalarse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR