Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 10 de Diciembre de 2018, expediente FMZ 027052/2016/CA001

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 27052/2016/CA1 Mendoza, 10 de diciembre de 2018.

Y VISTOS:

Los presentes autos: N° FMZ 27052/2016/CA1, caratulados: “MINERA

ANGLO AMÉRICA ARGENTINA S.A. c/ AFIPDGI s/ IMPUGNACIÓN DE ACTO

ADMINISTRATIVO”, venidos del Juzgado Federal de Mendoza Nº 2, a efectos de resolver

el recurso de apelación interpuesto a fs. 125/126, contra la resolución de fs. 123/124; Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que a fs. 125/126, el representante de la actora interpone recurso de

    apelación contra el auto de fs. 123/124 que resuelve rechazar el hecho nuevo planteado por

    aquella, a fs. 101/113 y vta. y ordena desglosar la documentación acompañada.

    En dicha oportunidad manifiesta que no estamos en presencia de la situación

    descripta por el a quo (secreto fiscal), toda vez que lo que su parte acompaña como nuevo

    elemento de juicio no es una información manifestada por un tercero, sino que se trata de una

    resolución administrativa, dictada en un caso análogo al presente y que pone de manifiesto el

    criterio seguido al respecto por el fisco.

    Resalta que dicho criterio coincide con el sostenido por su representada, con

    los cual la resolución sería un elemento apto para demostrar lo solicitado.

    Hace reserva del caso federal.

  2. ) Corrido el traslado que impone la legislación ritual, la contraria contesta a

    fs. 128/131 vta., confirmando los dichos por el juez de grado, a todos los cuales nos

    remitimos en honor a la brevedad, solicitando sea rechazada la apelación con expresa

    imposición de costas.

    Cumplidos los trámites procesales pertinentes, a fs. 135 se ordena el pase al

    acuerdo.

  3. ) Ingresando al análisis de la cuestión propuesta, esta Sala considera que la

    misma no debe proceder, por las consideraciones que a continuación se expondrán.

    El apelante pretende incorporar como hecho nuevo la documentación obrante

    a fs. 101/110 que consiste en lo siguiente: un formulario 444/1 declaración jurada de

    recupero de IVA con sus cuadros respectivos, y tres resoluciones administrativas referidas a

    las mentadas presentaciones.

    Fecha de firma: 10/12/2018 Alta en sistema: 13/12/2018 Firmado por: OLGA PURA ARRABAL - GUSTAVO CASTIÑEIRA DE DIOS - ALFREDO PORRAS, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: P.O.Q., Secretario de Cámara 1 #28695462#222917083#20181130103221306 Alega que tal documentación únicamente consistiría en una resolución

    administrativa, que resultaría acorde a la pretensión aquí...

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