Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 26 de Febrero de 2021, expediente CNT 051544/2015/CA001

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII

Expte. Nº 51544/2015

JUZGADO Nº12

AUTOS: "MINAGLIA, A.J. c/ GALENO ART S.A. s/

ACCIDENTE – ACCION CIVIL "

Ciudad de Buenos Aires, 26 del mes de FEBRERO de 2021.-

VISTO:

El recurso interpuesto por el doctor L.M.M., por derecho propio, en forma virtual, contra la sentencia de fecha 02/09/2020;

Y CONSIDERANDO:

La señora Juez de grado reguló honorarios a favor de la la representación y patrocinio letrado de la parte actora en el 15%, a calcularse sobre el monto de condena (capital más intereses).

Los honorarios apelados, atendiéndose a la importancia,

mérito y extensión de las tareas cumplidas por la representación letrada del actor y las pautas arancelarias de aplicación, se exhiben reducidos, por lo que sugiero elevarlos al 17% (art. 7, 19 y concs., ley 21.839 y 38, L.O.).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar los honorarios apelados al 17%.

R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

GMA 12. 88

VICTOR A. PESINO M.D.G.

Juez de Cámara Juez...

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