Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA A, 12 de Febrero de 2015, expediente CIV 036575/2003

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2015
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A “MILONE MARÍA CRISTINA c/ PINDULI ELIDA ANTONIA y otro s/ cobro de sumas de dinero” (J.H.)

Expte. N° 36.575/2003 -J. 66-

RELACION N° 036575/2003/CA001 Buenos Aires, febrero de 2015.-

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan los autos a esta Alzada a fin de entender en el acuse de caducidad de segunda instancia introducido a fs. 54, respecto del recurso de apelación deducido por la parte actora a fs. 41.-

  2. Liminarmente cabe señalar que la caducidad o perención de la instancia constituye un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando en su transcurso no se cumple acto de impulso alguno durante todo el tiempo establecido por la ley.-

Por otra parte, sabido es que, es la apelante a quien compete mantener vivo el proceso a fin de no perder su derecho a la segunda instancia, lo que ocurre si no lo activó dentro del plazo de tres meses al que alude el art. 310, inc. 2°, del Código de rito (conf. CNCiv., esta S., R. 381.716 del 27-8-03; íd., íd., R. 597.633 del 25/4/12, entre muchos otros).-

Ello así el plazo de caducidad de la segunda instancia debe transcurrir sin que se cumpla ningún acto interruptivo de la misma, entendiéndose por tal el que se traduce en peticiones escritas que puedan conducir al procedimiento hasta su desenvolvimiento posterior, haciéndolo avanzar a través de las distintas etapas que lo integran. A su vez, el término correrá durante los días inhábiles, salvo los que correspondan a las ferias judiciales (art. 311 del mismo cuerpo legal).-

De la compulsa de autos se desprende que el 27 de agosto de 2004 se concedió el recurso de apelación (cfr. fs. 42) y de allí en adelante no se realizó acto alguno tendiente a obtener la elevación del expediente a esta Alzada.-

Fecha de firma: 12/02/2015 Firmado por: JUECES DE CAMARA En consecuencia, desde el 27 de agosto de 2004 hasta el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR