Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 10 de Marzo de 2020, expediente CIV 066157/2015

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2020
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

66157/2015

MICROSOFT CORPORATION c/ S.I.P.E.F. SRL Y/O PROP

EXPLOTACION COMERCIAL AV CORRIENTES 524 P3 CABA

s/PRUEBA ANTICIPADA

Buenos Aires, 10 de marzo de 2020.- PP (fs. 101)

AUTOS Y VISTOS:

  1. Vienen estos autos con motivo del recurso de apelación interpuesto y fundado por el perito ingeniero en informática a fs. 92/96 y del recurso formulado por la accionante a fs. 91, contra la regulación de honorarios de fs. 89/90.-

  2. Se agravia el recurrente del monto de la retribución fijada en la anterior instancia. Señala que la base regulatoria fijada por el Sr. Juez de grado –$478.800– debió incluir, además, lo pactado entre las partes en concepto de adquisición de licencias de los productos de Microsoft Corporation hallados irregularmente instalados y utilizados por la demandada. P. que se eleven sus honorarios teniéndose en consideración el valor denunciado de las licencias de software y las normas arancelarias que rigen específicamente la actividad de la experta.

    Por su parte, la actora apela el monto por considerarlo elevado.

  3. En lo que se refiere al marco legal aplicable, este Tribunal considera que es la ley 21.839 en atención al momento en el cual se desarrollaron los trabajos profesionales. En consecuencia,

    dicha norma será las que regirá la presente regulación (cfr. CSJN, 04-

    09-2018, “Establecimientos Las Marías S.A.C.I.F.A. c/Misiones,

    Provincia de s/acción declarativa, cons. 3°; íd. esta S., “U.P.C. c/1817 New 1817 S.A s/daños y perjuicios” del 06/06/2018;

    Fecha de firma: 10/03/2020

    Alta en sistema: 12/03/2020

    Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA

    y 27/09/2018, “P., P.D.c., L.B. y otro s/ds. y ps.”).

  4. A tenor de las quejas, es de señalar que las presentes actuaciones se iniciaron con el objeto de realizar una prueba pericial anticipada (art. 326 CPCCN) tendiente a constatar la posible utilización indebida de los productos de software de titularidad del actor, por parte de la demandada. En dicho marco tuvo lugar la intervención del perito informático cuyos honorarios motivan la intervención del Tribunal.

    Ahora bien, a fin de ponderar el monto de la retribución operada se tendrá en consideración el monto del juicio resultante del convenio exteriorizado por las partes a fs. 65/67, acorde a la doctrina decidida en el fallo plenario de este fuero “Murguia, Elena Josefina c/

    Green, E.B. s/cumplimiento de contrato”.

    Lo cierto es que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR