Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 2 de Diciembre de 2020, expediente CIV 036446/2019/CA002

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2020
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

36446/2019 - MICROSOFT CORPORATION c/ COMMERCIAL

CARPETS SA Y OTRO s/PRUEBA ANTICIPADA.

Buenos Aires, de diciembre de 2020.- PS

Y Vistos. Considerando:

La providencia dictada en fecha 22 de octubre del corriente, mantenida por decisión del 26 del mismo mes,

en virtud de la cual se hizo saber a la perito informática de autos que,

en atención al estado de las actuaciones y la fecha de realización de la tarea encomendada (12 de marzo de 2020), debía tener presente lo peticionado para la oportunidad en que se encuentren reunidos los requisitos dispuestos por el art. 12 de la ley 27.423 que habilitan la regulación provisoria y/o definitiva de honorarios, fue recurrida por la experta, en escrito que luce agregado al sistema de gestión el referido 22 de octubre.

Cuestiona la apelante el diferimiento de la regulación de sus emolumentos dispuesto en autos, y en líneas generales sostiene que en la especie, no resulta de aplicación lo normado por el artículo 12 de la ley 27.423, por cuanto el presente expediente de prueba anticipada, es un proceso autónomo que se encuentra concluido con su tarea desarrollada en él, e independiente del accionar de la reclamante, en un eventual proceso de conocimiento posterior seguido contra la accionada. Agrega además,

que no se ha apartado del proceso en los términos de la normativa invocada, e insiste -a los fines pretendidos- con su pedido vinculado a que se de traslado a Microsoft de su requerimiento, para que Fecha de firma: 02/12/2020

Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA

informe si ha iniciado demanda o mediación y de acuerdo a su resultado, incorpore acuerdo suscripto.

Cabe adelantar que asiste razón a la recurrente.

En efecto, el objeto de estas actuaciones se encuentra agotado y ello ha ocurrido con la realización de la peritación de autos, de modo tal que no hay razón para no acceder al pedido de regulación de honorarios efectuado por la profesional.

Por lo demás, y tal como hemos dichos en otras ocasiones, tratándose de un proceso de prueba anticipada, no existe una base regulatoria concreta, dado que el proceso principal no ha sido aún promovido -o al menos no hay constancias de que ello haya ocurrido de momento-, no obstante lo cual, no corresponde postergar sine die la regulación de honorarios de la experta a resultas de una eventual promoción de la...

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