Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 28 de Mayo de 1996, expediente A C62894

PresidenteSalas-Mercader-Pisano-San Martín-Laborde
Fecha de Resolución28 de Mayo de 1996
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 62.894 "Microcomputer S.R.L. Quiebra. Recurso de queja".//Plata, 28 de mayo de 1996.

AUTOS Y VISTO:

Sin perjuicio de señalar en cuanto al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de fs. 6 de las presentes actuaciones que este Tribunal tiene dicho que al síndico del concurso -que lo hace en su propio derecho- no corresponde considerarlo exceptuado de efectuar el depósito exigido por el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial, toda vez que tal exención es otorgada cuando el recurso es deducido en interés del concurso y no como en el caso, en su propio interés (Ac. 47.658, 13-VIII-91); la decisión de la Cámara que dispone la remoción del síndico, no reviste carácter definitivo en los términos del art...

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