Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 20 de Abril de 2022, expediente CCF 010051/2021/CA001

Fecha de Resolución20 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 10051/2021/CA1 “M.A.S. y otro c/OSDE s/sumarísimo de salud”. Juzgado 5. Secretaría 9

Buenos Aires, 20 de abril de 2022.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la demandada el 22 de diciembre de 2021, concedido en relación y con efecto devolutivo contra la resolución dictada el 17 de diciembre de 2021, fundado el 18 de febrero de 2022 cuyo traslado fue contestado el 7 de marzo de 2022, y CONSIDERANDO:

  1. El magistrado de primera instancia admitió la medida cautelar solicitada y ordenó a Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) que otorgara a la señora S.M.A. la cobertura del 100 % del tratamiento de “…estimulación hormonal de los ovarios con seguimiento clínico y ecográfico con transductor transvaginal; obtención de ovocitos por punción transvaginal con control ecográfico y calificación de los ovocitos en el laboratorio…fertilización asistida a través del método de Fertilización In Vitro (FIV) o Inyección Intracitoplasmática de Espermios (ICSI) con ovodonación y banco de semen, como así los tratamientos, técnicas,

    medicamentos y honorarios correspondiente al equipo médico e instrumentadora; material descartable; como así cualquier otro medicamento o adecuación del tratamiento para lograr la gestación…”, según la prescripción médica realizada por el médico tratante de la peticionaria -doctor L.R.R., del Centro Especializado en Tratamiento para la Mujer (GENS)- y hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

    Tal decisorio fue apelado por la demandada. En su memorial de agravios sostuvo: a) que la sentencia es arbitraria y contraria a la normativa vigente; 2) la coincidencia del objeto de la medida cautelar y el de la cuestión de fondo; 3) que ya efectuó la cobertura de cuatro tratamientos de fertilización asistida de alta complejidad en 2015, 2016, 2017 y 2020 de modo tal que, según la normativa aplicable en la materia, no le correspondería cubrir ninguno más. En tal sentido, arguyó que no se verifican los requisitos Fecha de firma: 20/04/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    para el otorgamiento de la cautelar; y 4) la improcedencia de la cobertura de medicación por resultar accesoria al tratamiento de fertilización cuya cantidad de intentos de por vida –a su criterio- se encuentran cumplidos.

  2. En primer lugar cabe tratar el agravio de...

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