Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 6 de Noviembre de 2012, expediente 18.667/12
Fecha de Resolución | 6 de Noviembre de 2012 |
Emisor | Sala III |
Poder Judicial de la Nación Plata, 6 de noviembre de 2012.
AUTOS Y VISTOS: Este expediente n°
18.667/12, S.I., “Meschiany, N. c/ AFIP s/
Medida autosatisfactiva”, que tramita ante el Juzgado Federal de 1era. Instancia n° 4 Secretaria N° 11, de esta ciudad;
Y CONSIDERANDO QUE:
I.A..
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La actora requirió una medida cautelar autosatisfactiva contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P) en procura de que se le autorice a adquirir la suma de mil doscientos reales (R$S
1200) para realizar un viaje a la Republica Federativa del Brasil cuya duración es del 7 al 14 de noviembre.
Sostuvo que solicitó la autorización a la AFIP (el 25/10/2012) y se le informó que de la evaluación sistémica efectuada sobre su situación fiscal no lo habilita a adquirir moneda extranjera para la compra de divisa extranjera. Reputó la decisión de ilegal y manifiestamente arbitraria. Consideró, por ello,
vulnerados sus derechos constitucionales sobre los que se explaya en la demanda.
Destacó que es abogado, que está inscripto ante la AFIP como M., y que sus ingresos lo constituyen su actividad profesional y un asesoramiento en la Honorable Cámara de Diputados. Manifestó ser soltero, no tener hijos, vivir con sus padres y tener ingresos por $6.000 mensuales.
Acompañó documentación vinculada a los ingresos que percibe, ahorros detentados en una entidad bancaria, inscripciones ante organismos tributarios nacional y provincial y el billete aéreo, emitido a su nombre, con destino a S. de Bahía con escala en San Pablo.
Asimismo, adjunto un Acta de Constatación Notarial de fecha 31/10/2012 efectuada en la sede de la AFIP de la calle 9 entre 47 y 48 de esta ciudad, en la que ante su requerimiento de compra de divisa extranjera,
el empleado responsable le informa “que no puede comprar”
y luego “que analizando la categoría… (monotributista clase D)…y teniendo en cuenta los ingresos, y combinado con otros datos evaluados por la entidad, entre ellas bancarias, no cuenta con la capacidad de ahorro suficiente para obtener dicha autorización (v. fs. 2 a 37).
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El señor juez a quo imprimió al requerimiento efectuado por el actor el trámite de acción de amparo, con solicitud de medida cautelar, la que receptó, sobre la base de considerar verosímil el derecho y razonable la suma solicitada en función del destino y días de viaje.
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La apelación y los agravios.
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Contra el anticipo de jurisdicción,
tanto la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P) como el...
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