Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 4 de Agosto de 2016, expediente CAF 025284/2016/CA001

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 25284/2016/CA1 MERCOPAR SACI c/ PNA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, de agosto de 2016.- FAD VISTOS

Y CONSIDERANDO:

1) Que, mediante disposición DJPM AY1 766/13, el Prefecto Nacional Naval –en lo que aquí interesa– impuso a la empresa armadora MERCOPAR S.A.C.

  1. una sanción equivalente a veinte mil unidades de multa (1UM=$1,50) en los términos del artículo 801.9904 del REGINAVE, por haberse verificado una infracción a lo dispuesto en el art. 801.0202, inciso a, del citado régimen (v. fs. 160/161vta.).

    Para así resolver, relató que las actuaciones se iniciaron el 29 de noviembre de 2010, a raíz de que la Prefectura Naval Argentina había encontrado abandonada a la altura del km 1060, margen izquierda del río Paraná, la lancha “AGUAS ARRIBA” con ocho bidones en su interior y una jangada con diez bidones más que contenían gas oil, por lo que había procedido a la extracción de hidrocarburos de las embarcaciones que habían transitado por ese kilometraje.

    A su vez, destacó las conclusiones del informe técnico final de la División Laboratorio Químico, respecto de que todas las muestras eran contaminantes de las aguas y que el combustible que se había extraído de uno de los bidones hallados se correspondía con el que había sido tomado del tanque de almacenamiento nº 1 del buque “LADY M”.

    Señaló que la Asesoría Legal de la Dirección de Protección Ambiental había entendido que con los elementos de prueba recolectados, entre los cuales obra el informe técnico de fs. 13/15, correspondía tener por acreditados los hechos por los que se formularon cargos.

    Asimismo, hizo hincapié en las conclusiones de la Asesoría Técnica Naval en cuanto a:

    Fecha de firma: 04/08/2016 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #28323813#156410747#20160802095556100 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 25284/2016/CA1 MERCOPAR SACI c/ PNA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO a. La atribución de responsabilidad de los encartados en referencia por el hecho en concreto, es decir, la introducción de hidrocarburos a las aguas, teniendo en consideración el informe pericial.

    1. La posibilidad de la falta de testigos en las actas labradas por las particularidades de la...

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