Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 24 de Noviembre de 2016, expediente CAF 031170/2012/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA V 31170/2012 LA MERCANTIL ANDINA CIA ARGENTINA DE SEGUROS SA c/ EN-DGA-

RESOL 7528/11(EXPTE 12039-1370/06) s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de noviembre de dos mil dieciséis, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “La Mercantil Andina Cía. Argentina de Seguros SA. c/ EN-DGA- Resol 7528/11 (Expte 12039-1370/06) s/ Dirección General de Aduanas” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F. dijo:

I.-Que por decisorio de fs. 100/103, la Sra. Juez de la anterior instancia rechazó la demanda interpuesta por La Mercantil Cía. Argentina de Seguros SA y en consecuencia confirmó la resolución administrativa nº

7528/2011 dictada en el expediente Nº 12039-1370-2006 mediante la cual se la había formulado cargo por la suma de $ 178.397,05; e impuso las costas a la firma actora.

II.-Que a fs. 104 apeló La Mercantil Cía. Argentina de Seguros SA y expresó sus agravios a 108/116, los que fueron contestados por su contraria a fs. 119/123 y vta..

A fs. 131 y vta. dictaminó el Sr. Fiscal General respecto del planteo de inconstitucionalidad interpuesto por la parte actora.

Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #10765111#167568877#20161123112624805

III.-Que se agravia en la actora del alcance de la cobertura brindada, como así también se agravia acerca de la procedencia del IVA adicional y del anticipo al impuesto a las ganancias y, finalmente plantea la improcedencia del derecho adicional, solicitando su inconstitucionalidad.-

IV.-Que surge de estos autos que la firma La Mercantil Andina Compañía Argentina de Seguros S.A. en su carácter de aseguradora en los términos del art. 970 del C.A. intervino en una operación aduanera de importación temporaria efectuada por la firma “Cairin S.A.” y se habría vencido el plazo de permanencia de la mercadería en el país sin que el importador haya reexportado la totalidad de la mercadería.-

Asimismo, y de conformidad con lo que surge de los antecedentes administrativos, el importador incumplió las obligaciones asumidas como consecuencia del beneficio tributario otorgado a la importación temporal, por lo que se ha configurado el siniestro que autoriza al Fisco a reclamar el pago de los correspondientes tributos.

V.-Que esta S. se ha expedido en la causa “Aseguradora de Créditos y Garantías S.A. (T.F. 11.992-A) c/ D.G.A.”, sentencia del 3/10/01, en donde se estableció que hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.

El fin perseguido con el seguro es la traslación del riesgo a un tercero, el asegurador...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR