Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 6 de Julio de 2017, expediente CAF 012376/2014/CA001

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación 12376/2014; LA MERCANTIL ANDINA CIA ARG DE SEGUROS SA c/ EN-DGA s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS IBP En la ciudad de Buenos Aires, a los 6 días del mes de julio del año dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los señores Jueces, para resolver los autos “La Mercantil Andina Cia. A.. de Seguros SA c/ EN – DGA s/ Dirección General de Aduanas” y planteado al efecto como tema a decidir si se ajusta a derecho la sentencia apelada, el Señor Juez de Cámara, doctor S.G.F. dice:

  1. Que a fs. 77/80vta. el Sr. Juez de primera instancia resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda iniciada por la sociedad La Mercantil Andina Cía. Argentina de Seguros S.A. contra la Dirección General de Aduanas—Administración Federal de Ingresos Públicos, y en consecuencia, decidió ordenar al servicio aduanero que practique una nueva liquidación sin que figure en ella el derecho adicional, por cuanto, de conformidad con la doctrina asentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas ““Frisher SRL (TF 16.236ª) c/ A.N.A” y “IEF Latinoamericana SA (TF 16.912-A) c/DGA”, ambas del 14/08/13, no corresponde a la aseguradora responder por el derecho adicional.

  2. Que a fs. 82 interpuso recurso de apelación la aseguradora y expresó agravios a fs. 91/95vta., los que fueron replicados por el Fisco a fs. 98/102vta.

    Sus agravios se encuentran dirigidos exclusivamente a impugnar las percepciones por IVA adicional y anticipos de impuesto a las ganancias reclamados. En ese sentido, sostiene que la póliza no incluye dichos conceptos y que el criterio adoptado por el sr. Juez de grado resulta erróneo puesto que no puede circunscribirse el objeto de la Litis al importe determinado en la cobertura de la póliza, prescindiendo de analizar las normas jurídicas a las cuales se encuentran sometidos los derechos y obligaciones de las partes contratantes.

    Fecha de firma: 06/07/2017 Alta en sistema: 10/07/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #19566133#182943042#20170706135617519 Poder Judicial de la Nación 12376/2014; LA MERCANTIL ANDINA CIA ARG DE SEGUROS SA c/ EN-DGA s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

  3. Que respecto al alcance económico del seguro asumido en este tipo de casos, estimo imprescindible resaltar que la garantía expedida a los fines de posibilitar el libramiento de la mercadería sometida al régimen de importación temporaria requiere la cobertura de los eventuales tributos...

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