Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 12 de Junio de 2017, expediente CNT 028899/2015/CA001

Fecha de Resolución12 de Junio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII Causa N°: 28899/2015 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 50942 CAUSA Nº 28.899/2015 - SALA VII - JUZGADO Nº 55 En la ciudad de Buenos Aires, a los 12 días del mes de junio de 2017, para dictar sentencia en los autos : “MENDOZA, V.M. C/ PARQUIZADO S.R.L. S/ DESPIDO” , se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta el actor e inicia demanda contra PARQUIZADO S.R.L. en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.-

    Aduce que ingresó a trabajar en la demandada –empresa dedicada al mantenimiento de espacios verdes ya sea campos, quintas, parques, jardines de casas particulares, de countries, etc. y en ella ingresó a trabajar como operario maquinista el 01-05-1999.-

    Explica las características y condiciones en que se desarrolló el vínculo y dice que en febrero de 2013, familiares de su esposa se encontraban con problemas de salud por lo que avisó telefónicamente que se ausentaría unos días ya que vivían en el interior. Sin embargo el día 15 de ese mes su empleadora le intima a que se reintegre y justifique inasistencias en 24 horas, misiva que recibe el día 19 conjuntamente con otra a través de la cual le comunica su despido por abandono de trabajo, lo que considera injustificado y de mala fe.-

    Viene a reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.-

    A su turno la demandada desconoce los extremos invocados por el actor, relata su versión de los hechos y pide en definitiva el rechazo del reclamo.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 173/180, en la que el “a-

    quo”, luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones del actor, lo que motiva el recurso que la demandada ha interpuesto a fs. 181/186vta.-

    También hay apelación del Sr. perito contador quien considera reducidos sus honorarios (fs. 187).-

  2. En líneas generales la demandada cuestiona el fallo en tanto consideró ilegítimo el despido decidido por su parte con invocación de abandono de trabajo.-

    A mi juicio en el fallo se han analizado adecuadamente los elementos fácticos y jurídicos de la causa, y no encuentro en el escrito de recurso datos o argumentos que resulten eficaces para revertir sus conclusiones.-

    Fecha de firma: 12/06/2017 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado...

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