Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 11 de Marzo de 2021, expediente CNT 003005/2015/CA001

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.INT. Nº: EXPTE. Nº: 3005/2015/CA1

JUZGADO Nº: 38 SALA X

AUTOS: “MENDIETA, SERGIO DANIEL C/ ART LIDERAR S.A. S/

ACCIDENTE - LEY ESPECIAL”

Buenos Aires,

VISTO:

Los recursos de apelación deducidos a fs. 154 y 155.

Y CONSIDERANDO:

Que en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes, los honorarios regulados a favor del perito psicólogo y contador resultan equitativos por lo que cabe confirmarlos.

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados a favor del perito psicólogo y contador; 2) Cópiese, regístrese, notifíquese,

cúmplase con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº

15/2013 y devuélvase.

Fecha de firma: 11/03/2021

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

ANTE MI:

F.T.

Fecha de firma: 11/03/2021

Firmado por...

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