Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 29 de Diciembre de 2016, expediente COM 047684/2009/CA002

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala E

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 47684 / 2009 MENDEZ, M.R. c/ ARGENCARD (FIRST DATA CONO SUR S.R.L.) s/ORDINARIO Juzg. 1 S.. 1 14-13-15 Buenos Aires, 29 de diciembre de 2016.-

Y VISTOS:

  1. El letrado apoderado de la codemandada Banco Meridian S.A. apeló en subsidio la providencia de fs. 491 en la que el juez a quo dispuso que previo a la elevación a esta Alzada a los fines solicitados a fs. 490 debía notificar la regulación de honorarios a las partes en sus domicilios reales y a los profesionales cuyos emolumentos fueron fijados a fs. 475/477 –memorial de fs.

    495-.

  2. El letrado circunscribió su queja a que se considere notificadas a todas las partes de su regulación de honorarios, con la única excepción de su cliente.

    Asiste razón al Dr. Ernesto

    V. Bollota en su planteo toda vez que: (i) la actora –condenada en costas- ya fue notificada de la regulación de honorarios Fecha de firma: 29/12/2016 Expte. N° 47684 / 2009 1 Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.L.M., PROSECRETARIA DE CÁMARA #22899209#169118719#20161229113129299 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional con la cédula electrónica librada el 6/10/16 a su domicilio constituido, y no corresponde notificarla a su domicilio real porque el apelante no es su cliente; (ii)

    las restantes codemandadas, First Data Cono Sur S.R.L. y C.F.F., no obstante no ser...

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