Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 19 de Junio de 2014, expediente FTU 016992/2012

Fecha de Resolución19 de Junio de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

16992/2012 MENDEZ, F.A. c/ UNIVERSIDAD

NACIONAL DE TUCUMAN- s/ACCION DE AMPARO POR MORA

ADMINISTRATIVA. JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN N° 2.-

S.M. de Tucumán, 19 de junio de 2014.-

Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs. 103/104

de autos; y CONSIDERANDO:

Que mediante sentencia de fecha 14 de Marzo de 2014,

obrante a fs. 99, el señor Juez Federal de Tucumán, D.F.L.P., resolvió regular los honorarios del Dr. J.S.F., por su actuación en autos como letrado patrocinante de la parte actora, en la suma de pesos tres mil ($

3.000).-

Disconforme con dicha regulación, por considerar bajos los honorarios fijados, apela a fs. 103/104 el letrado F., siendo contestado el recurso por el letrado F.E.Z., en representación de la demandada a fs. 114.-

Que analizadas las constancias de autos, la extensión de la tarea realizada, el doble carácter en que actuó el profesional, el resultado obtenido y el criterio sustentado por este Tribunal en los autos “M.N.C. c/ Universidad Nacional de Tucumán s/Acción de Amparo por Mora Administrativa” Expte. N°

6210/10, fallo del 17/09/13, juzgamos que resulta procedente, en los términos de los artículos 6, 7 y 9 de la ley arancelaria, hacer 1

lugar al recurso de apelación interpuesto a fs...

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