Sentencia interlocutoria nº 3952/05 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de Mayo de 2005

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2005
EmisorTribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

E.. n° 3952/05 "M., L. A. s/ pedido de revocatoria de mandato"

Buenos Aires, 10 de mayo de 2005.

Visto: el expediente citado en el epígrafe, resulta:

La presentación ratificada personalmente por el señor L. A.M. para iniciar el trámite de revocación del mandato del señor J. de Gobierno de la Ciudad, A.I..

Fundamentos:

  1. Se cumplen los requisitos de admisibilidad previstos por el art. 6

    de la ley n° 357.

  2. El objeto es idéntico al del Expte. n° 3764/2005 "B., S.F. y otros s/ pedido de revocatoria de mandatos" (y sus acumulados), en cuanto se insta el procedimiento de revocatoria del mandato del señor J. de Gobierno, A.I., por la causal de mal desempeño de sus funciones en relación al caso República Cromagnon, razón por la cual se dispondrá su acumulación al mencionado expediente.

  3. Se hará entrega al peticionario de las planillas -cuyo modelo fue aprobado por resolución de fs. 83 del expediente de mención- en la misma forma prevista para los presentantes originarios.

  4. Todo el procedimiento de recolección de firmas deberá completarse en 12 meses a partir del día 11 de febrero de 2005, fecha en la que -como consta a fs. 90 del trámite mencionado-, se hizo entrega de las primeras planillas a los promotores iniciales del trámite de revocatoria de mandato

    (ley n° 357, art. 9).

    Por ello, El Presidente del...

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