Sentencia de Sala B, 19 de Septiembre de 2013, expediente FRO 013015198/2012

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2013
EmisorSala B

1 Poder Judicial de la Nación N° 405 /13-Civil/Int. Rosario, 19 de septiembre de 2013.-

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” el expediente n° FRO 13015198/2012 caratulado “MEKY S.R.L. c/ Ministerio de Economía de la Nación, Secretaría de Comercio e Industria de la Nación, AFIP – DGA - DGI s/ Amparo por M. de la Administración” (del Juzgado Federal N° 1 de Rosario), de los que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso del recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 57/62), contra la sentencia nº 23/12, mediante la cual se admitió el recurso de amparo por mora interpuesto por la firma MEKY SRL contra la Secretaría de Industria, Comercio, Minería y Mediana Empresa de la Nación, a fin de que se expida respecto de la petición efectuada por el actor en el plazo de diez días hábiles, bajo apercibimiento de aplicar lo dispuesto por el art. 17 del decreto ley 1285/58, sanciones conminatorias y otras que puedan corresponder, con costas a la demandada vencida (fs. 51/52).

Concedida la apelación, se ordenó traslado de sus fundamentos (fs. 65). En fecha 07/05/13 se presenta la actora y comunica hecho nuevo (fs. 70).

Elevados los autos a la Alzada (fs. 74), queda la causa en condiciones de resolver (fs. 75).

Y Considerando:

  1. ) Meky S.R.L. en fecha 14 de febrero de 2012, planteó acción de amparo por mora de la administración contra la Secretaría de Industria, Comercio, Minería y Mediana Empresa de la Nación, a fin de que se tengan por cumplimentados la totalidad de los requisitos establecidos en la resolución nº

    486/05 del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, mediante expediente S01:0424386/2011, a los fines del despacho a plaza de la mercadería amparada mediante factura proforma nº 002/2011cuyo titular es la firma actora (fs.

    22/35).

    Por sentencia n° 23/12 del 30/03/12 se admitió el recurso de 2 amparo por mora interpuesto (fs. 51/52), ordenando a la administración expedirse en el plazo de 10 días hábiles respecto de la petición del actor, lo que fue motivo de apelación por parte de la demandada el 2 de octubre de 2012 (fs. 57/62).

    A fs. 70 y vta. la actora comunica que mediante resolución 11/2013 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas –la cual acompaña en copia, fs. 66/69- se ha derogado el procedimiento para el trámite de los Certificados de Importación de Calzado, por lo que señala que carece de sentido la prosecución de la presente acción. Solicita que se dicte resolución y se...

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