Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 16 de Mayo de 2018, expediente CNT 012750/2013/CA002

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 43234 SALA VI Expte Nº CNT 12750/2013 (JUZG. NRO. 54)

Autos: “MEDINA, ANALIA C/OBRA SOCIAL DEL PERSONAL GRAFICO S/DESPIDO“

Buenos Aires, 16 de mayo de 2018 VISTO:

La representación letrada del actor apela la regulación de sus honorarios por estimarlos reducidos (fs. 740).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados a la representación letrada del actor, lucen equitativos, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 Ley 18.345).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios de la representación letrada del actor.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 16/05/2018 Alta en sistema: 17/05/2018 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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