Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 30 de Diciembre de 2016, expediente COM 044767/2010

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL – SALA B 44767/2010 - MEDICAL IMAGE DIAGNOSTICO POR IMAGENES S.A. s/QUIEBRA Juzgado N° 4 - Secretaria N° 7 Buenos Aires, 30 de diciembre de 2016.

Y VISTOS:

Es criterio de esta Sala respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso; ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom., esta Sala, in re: "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/ incidente de distribución de fondos (sexta)", del 26.09.08).

En el caso, a fs. 3789 el letrado Z. denunció la existencia de ciertas sumas de dinero pendientes de cobro en favor de la masa de acreedores.

Así, los porcentajes utilizados en anteriores regulaciones con relación al origen de los fondos que motivan esta nueva distribución, llevaría a estipendios que no guardan debida relación con las tareas efectuadas por el letrado y por la síndico. Por ello, acontece en autos la situación de excepción referida en el párrafo primero.

Consecuentemente, se confirman en dos mil quinientos pesos ($ 2.500) los estipendios de la síndico I.E.C. y en cuatro mil novecientos pesos ($ 4.900) los del letrado F.Z..

Los...

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