Mc Sociedad

Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2007

Constitución de "MC SOCIEDAD ANONIMA" Escritura número setenta.- En la Ciudad de Tupungato, Departamento del mismo nombre; Provincia de Mendoza, República Argentina, a los Veinte días del mes de Junio del año dos mil siete, ante mí: MARTIN ALEJANDRO ROSTA, Notario Público, Titular del Registro Notarial Setecientos Noventa y Cinco de Capital, comparecen: el señor ESTEBAN GABRIEL MARTINEZ, argentino, con Documento Nacional de Identidad 21.705.386, con Clave de identificación 20-21705386-3, casado, Ingeniero Industrial, nacido el 29 de mayo de 1970, de 37 años de edad, con domicilio en calle Los Alcázares 759, Chacras de Coria, Luján de Cuyo, de esta Provincia, y el señor GONZALO FEDERICO CUTRERA, argentino, con Documento Nacional de Identidad 21.169.389, con Clave de Identificación 20-21169389-5, soltero, comerciante, nacido el 5 de noviembre 1969, de 38 años de edad, con domicilio en calle Almirante Brown 1883, Chacras de Coria, Departamento Luján de Cuyo, Provincia Mendoza.- INTERVIENEN: Los comparecientes por sus respectivos derechos, siendo mayores de edad y capaces.- Asimismo, justifican sus respectivas identidades mediante la exhibición de los documentos expresados, copia de los mismos incorporo al protocolo correspondiente.- Y los comparecientes en el carácter en que concurren DICEN: PRIMERO: Que por este acto constituyen una Sociedad Anónima que se denominará "MC S.A.", fijando el domicilio de su sede social y fiscal en calle La Pampa 229, Departamento Ciudad, Capital, Provincia Mendoza, cumpliendo con lo dispuesto en el Art. 11, inc. 2 Ley 19550 (t.o. 1984), que se regirá por el siguiente estatuto social: Título I - DENOMINACION, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO: Artículo Primero: Bajo la denominación de "MC S.A.", queda constituida una sociedad anónima, que se regirá por los presentes estatutos y supletoriamente por la Ley 19.550 (t.o. 1984) y demás leyes y reglamentaciones vigentes.- Artículo Segundo: Tiene su domicilio legal en la Provincia de Mendoza, República Argentina, pudiendo establecer por intermedio de su Directorio, agencias, sucursales, corresponsalías, domicilios especiales en cualquier parte del país o del extranjero. Artículo Tercero: La duración de la sociedad se establece en noventa (90) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Sociedades Anónimas y Comerciantes. Artículo Cuarto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada a sus efectos con terceros, sean personas físicas o jurídicas y tanto en el país como en el extranjero las siguientes actividades: A) AGROPECUARIAS: Mediante la explotación de cultivos permanentes y estacionarios, incluyéndose entre ellos a la vitivinicultura, fruticultura, olivicultura, floricultura y de todo otro producto derivado de la explotación agrícola-ganadera o forestal o que tenga aplicación a las mismas, pudiendo actuar en negocios derivados, subsidiarios o complementarios de los anteriores.- B) INDUSTRIALES: Mediante la fabricación, industrialización, transformación y utilización de productos derivados de la vitivinicultura, de la agricultura, del hierro, de la madera, del cuero, materiales sintéticos, químicos y plásticos. La industrialización primaria o no de todo tipo de materiales vinculados o relacionados con la construcción.- C) COMERCIALES: Mediante la compra y venta, explotación, importación, exportación y distribución de mercaderías, maquinarias, repuestos, accesorios, herramientas, materias primas, productos elaborados o a elaborarse en el país o en el extranjero, explotación de patentes de invención, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales, artísticos y técnicos, el ejercicio de leasing, comisiones, representaciones, mandatos y consignaciones, vinculados con cualquiera de las actividades mencionadas en este artículo.- D) INMOBILIARIAS: Mediante la inversión en la adquisición para su locación, explotación venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos o rurales, la afectación al régimen de prehorizontalidad y propiedad horizontal, y la venta de tierras en parcelas, casas, o unidades de propiedad horizontal, conforme a sus reglamentaciones respectivas, así como también mediante la intermediación en operaciones inmobiliarias celebradas con terceros, todo ello con fines lucrativos.- E) CONSTRUCCIONES: elaboración de proyectos y construcción por cuenta propia o de terceros de viviendas...

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