Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA I, 12 de Marzo de 2015, expediente CIV 017441/2010

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 17441/2010 M.V.R. c/ AGUAS DANONE DE ARGENTINA S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, 12 de marzo de 2015 AUTOS Y VISTOS:

La sentencia de fs. 1098/2005 es suficientemente clara, toda vez que la cuestión en relación al momento en que devengarán intereses las sumas reconocidas en concepto de “daño emergente y lucro cesante” no fue objeto de agravio alguno en esta instancia (art.271 del Cód. Procesal), por lo que el asunto ha quedado precisado conforme a lo dispuesto en el apartado IV de la sentencia de grado, que se encuentra firme. Por ello no corresponde hacer lugar a la aclaratoria solicitada. ASI SE

RESUELVE:

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R. y notifíquese.

Se hace constar que la publicación de la...

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