Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala M, 15 de Febrero de 2016, expediente CIV 092701/2007/CA001

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2016
EmisorSala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 92701/2007 MAZZA GUSTAVO ADRIAN c/ AGRAPIN SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 15 de febrero de 2016.-

VISTOS y CONSIDERANDO:

Vienen los autos a entender respecto de las apelaciones de fs. 309, 313 y 320, deducidas por considerar altos y bajos los honorarios regulados a fs. 308 a favor de los peritos actuantes en autos.

A tal fin, se tendrá en cuenta que el presente proceso concluyó por haberse declarado la caducidad de instancia.

Ante ello, resultan aplicables las pautas del art. 20 del arancel, en tanto el proceso concluyó sin sentencia ni transacción, por lo cual de acuerdo a la norma citada y las circunstancias del caso, corresponde establecer como base regulatoria la mitad del monto reclamo en la demanda.

Se ponderará asimismo la naturaleza de los peritajes efectuados, apreciados por su calidad, importancia, complejidad, extensión y mérito técnico-científico de los mismos, monto económico comprometido y proporcionalidad que deben guardar estos emolumentos en relación a los de los letrados actuantes en el juicio (conf. art. 478 del C.. P..).

En consecuencia, por resultar equitativos los honorarios regulados a favor del perito ingeniero P.M.O...

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