Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 4 de Septiembre de 2019, expediente CSS 006322/2015/CA001

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 6322/2015 AUTOS: “MAYOL CRISTHIAN EDUARDO c/ ART INTERACCION S.A. Y OTRO s/LEY 24557”

Buenos Aires, EL DR. N.A.F. DIJO:

I.

De las constancias de autos que tengo ante mí surge que las actuaciones se iniciaron por denuncia del A.T. ocurrido el 4.09.2012, hecha por quien demanda por divergencia en la ILT o ILP. (fs. 1/2). Allí refiere que “cuando se dirigía hacia su lugar de trabajo sufrió

un asalto” (SIC)

La Comisión Médica 030 Corrientes a fs. 47/50 reconoció el siniestro de autos por el que atribuyó una incapacidad Permanente, Parcial y Provisoria del 52,00% de la T.O.

La apelación de la demandada motivó la intervención de la Comisión Médica Central, que a fs. 90/95 rectificó lo actuado por la de origen y, en consecuencia, disminuyó la minusvalía al 51,34% de la T.O.

Contra esa decisión se dirige un nuevo recurso de apelación de la demandada de fs. 97/98.

II.

A mi juicio, las consideraciones genéricas contenidas en la apelación no pasan de ser meras manifestaciones dogmáticas de disconformidad con lo decidido y no llegan a conmover los fundamentos y conclusiones de la resolución atacada, que exhibe una adecuada USO OFICIAL ponderación de los efectos invalidantes de las patologías denunciadas en la presentación de inicio, relacionadas con la edad, actividad y demás condiciones del caso, apreciadas con arreglo a la tabla de evaluación de incapacidades reglamentariamente aplicable en la especie.

Ello es así, máxime si se tiene en cuenta que los elementos de prueba pertinentes -oportunamente acompañados por la parte interesada en apoyo de su reclamo- ya fueron agregados a la causa y tenidos en cuenta por las C.M.

Por lo expuesto, propongo: rechazar el recurso deducido y confirmar lo actuado por la C.M.C. en cuanto fue materia de agravios. Costas por su orden (arts. 68 segundo párrafo CPCCN. y 46 punto I de la ley 24557). N..

LOS...

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