Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 1, 10 de Septiembre de 2013, expediente 18473/11

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2013
EmisorSala 1

Poder Judicial de la Nación Causa Nro. 18473/11

SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 89133 CAUSA NRO.18473/11

AUTOS: “M.L. c. Shell C.A.P.S.A. s. despido”

JUZGADO NRO. 24 SALA I

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de septiembre de 2013, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. Vilela dijo:

I)- Contra la sentencia de fs.630/637 apela la parte demandada, presentando su memorial a fs.640/654. El perito contador apela sus honorarios a fs.638 por estimarlos reducidos, al igual que la representación letrada de la demandada (fs.639).

II)- Se queja la parte demandada por la condena al pago de la indemnización fundada en el art.52 de la ley 23.551. Centra su argumentación en torno de la inaplicabilidad de la garantía de tutela gremial ante el cese de actividades que se verificara respecto de los buques que sostiene ya no explota como armadora. Destaca la venta perfeccionada con National Shipping Company y las contrataciones de carácter comercial que mantiene con esa empresa, que no constituyeron la tercerización a la que aludiera la sentenciante de grado.

Resalta los testimonios arrimados a la causa y la prueba documental que revela el contenido de las cláusulas contractuales así como el perfeccionamiento de la venta de los buques.

Apela también la base de cálculo de los distintos rubros objeto de condena –la mejor remuneración normal y habitual admitida-, así como la procedencia de las diferencias salariales y de la sanción del art.2 de la ley 25.323.

III)- El actor se desempeñó a las órdenes de la demandada en calidad de primer cabo engrasador y tuvo, como último destino, el buque Estrella del Paraná. Fue elegido como miembro de la comisión ejecutiva de la sección Máquinas del SOMU y su designación fue comunicada en forma fehaciente a la empresa en mayo de 2008. El 31 de mayo de 2010 la demandada lo despidió porque decidió dejar de operar los buques, situación que asimila al cese de actividad al que refiere el art.51 de la ley 23.551, y sobre la que insiste a lo largo de su memorial, como excepción a la invocación de la estabilidad del delegado. En sus argumentaciones recursivas, la apelante expresa que no medió una “concesión privada” sino dos contrataciones propias de la actividad marítima anudadas con National Shipping Company: una locación a casco desnudo y time charter, a las que prosiguió la venta de las embarcaciones, previo despido de la tripulación. Expresa que Shell dejó de comportarse en calidad de armadora de los buques, en tanto la locación a casco desnudo presupone que el buque se entrega sin tripulación, y es el nuevo armador –en el caso, National Shipping Company- quien contrata la tripulación y es la responsable del personal. Por otro lado, el contrato de “time chárter” implica que el fletante –en el caso, también National Shipping Company- pone el buque a disposición del fletador –en el caso, Shell CAPSA-, siendo que la gestión náutica está a cargo del fletante. En este contexto, insiste en que Shell CAPSA cesó

como armadora y quien...

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