Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 25 de Octubre de 2021, expediente FCB 004013/2017/CA001

Fecha25 Octubre 2021
Número de expedienteFCB 004013/2017/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

Expte. N° FCB 4013/2017/CA1

AUTOS: “MATHIEU, A.C.H. c/ ANSES s/PENSIONES”

En la ciudad de Córdoba, a 25 del mes de octubre del año dos mil veintiuno,

reunida en Acuerdo la S. “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “MATHIEU,

A.C.H. c/ ANSES - PENSIONES” (Expte. N°

4013/2017/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte demandada –cuya personería se encuentra acreditada fs. 17- en contra de la Sentencia de fecha 6 de noviembre de 2020, dictada por el entonces señor J. Federal Subrogante de San Francisco, que resolvió hacer lugar a la demanda entablada en contra de Anses, ordenando a la accionada liquide el derecho al beneficio de pensión, de acuerdo a lo allí señalado (fs. 32/34).

Puestos los autos a resolución de la S., los señores Jueces intervinientes emiten su voto en el siguiente orden: IGNACIO MARÍA VELEZ FUNES - EDUARDO AVALOS –

ABEL G. SANCHEZ TORRES -

El señor J. de Cámara, doctor I.M.V.F., dijo:

  1. La parte demandada funda el recurso de apelación. Cuestiona las pautas brindadas por el Juzgador para la determinación del haber inicial conforme la doctrina establecida por la C.S.J.N. en el fallo “Elliff”. Solicita por los argumentos que expone la aplicación del índice combinado dispuesto en la Ley Nº 27.260, y demás normas que allí cita.

    Seguidamente, se agravia por la aplicación del fallo “B.” para la movilidad del haber (ver escrito agregado con fecha 09.03.2021 en el Sistema de Gestión de Expedientes Judiciales Lex 100).

    Corrido el traslado de la ley, la parte actora dejó vencer el plazo para contestar agravios, quedando la causa en estado de ser resuelta (ver decreto de fecha 05.04.2021 en el Sistema Lex 100).

  2. Del análisis de la causa se desprende que que la señora A.C.H.M. inició la presente demanda impugnando la Resolución de fecha 02.11.16

    Fecha de firma: 25/10/2021

    Alta en sistema: 26/10/2021

    Firmado por: E.D.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: I.M.V.F., PRESIDENTE

    Firmado por: S.B.F., Secretaria de Cámara Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

    Expte. N° FCB 4013/2017/CA1

    AUTOS: “MATHIEU, A.C.H. c/ ANSES s/PENSIONES”

    dictada por la ANSeS, mediante la cual se le denegó la pensión por fallecimiento de su extinto cónyuge...

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