Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 17 de Febrero de 2016, expediente FMZ 062000348/2006/CA001

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 62000348/2006/CA1 Mendoza, 17 de Febrero de 2016.-

Y VISTOS:

Los presentes autos: Nº FMZ 62000348/2006/CA1 caratulados: “M., J. s/ Delito- Anterior al Sistema (Infracción ley 24.769)”, venidos del Juzgado Federal de San Luis, en virtud de los recursos de apelación interpuestos, a fs. 550/552 por la Sra. Fiscal Federal y a fs. 557/558 por la defensa en contra de la resolución de fs. 545/549.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que contra la resolución de fs. 545/549 vta. del Juez Federal de S.L., que ordenó el procesamiento del imputado por hallarlo "prima facie" responsable del delito previsto y reprimido en el artículo 1 de la ley 24.769, interpusieron recursos de apelación la defensa del mismo y la Sra. Fiscal Federal "Ad-Hoc".

    A fs. 681 se informa a las partes que deberán presentar sus escritos en forma escrita.

    En razón de ello, a fs. 684/684 vta. presenta su informe el Sr. Fiscal General S. ante esta cámara. En el mismo desiste de recurso de apelación presentado por su par en grado, alegando que el fundamento de dicho recurso, fue la instrucción impartida mediante Resolución del PGN 5/12, que instruía a los fiscales a que se opusieran a la aplicación retroactiva de la ley 26.735, toda vez que por resolución PGN 1467/14 se resolvió dejar sin efecto dicha instrucción.

    Fecha de firma: 17/02/2016 Firmado por: R.N. -H.C.E. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara 1 #8669294#146758527#20160205104301387 Asimismo, con relación al recurso de apelación presentado por la defensa, entiende que el mismo debe ser rechazado por entender que la motivación invocada en el mismo, contiene un planteo de fondo que no guarda relación alguna con la resolución cuya impugnación se pretende.

    En efecto, el Juez de grado procesa al imputado por el delito contemplado en el artículo 1 de ley 24.769 y la defensa solicita la aplicación de la ley penal más benigna 26.735, respecto del delito previsto en el art 9 de la ley 24.769.

    En razón de lo expuesto solicita el rechazo del recurso y la confirmación del resolutivo atacado.

  2. A fs. 685/685 vta. obra el informe del Sr. Defensor Público Oficial, quien remite a los argumentos vertidos al apelar y solicita el sobreseimiento de su defendido por entender que no ha incurrido en delito alguno.

    También solicita la aplicación de la ley penal más benigna toda vez que no se ha superado el límite objetivo de punibilidad.

  3. Que ingresando al tratamiento del recurso de apelación interpuesto, corresponde en primer lugar, atento a lo expresado por el Sr. Fiscal General S. ante esta Cámara, tener por desistido el recurso de apelación interpuesto a fs. 550/552 por la Sra. Fiscal Federal, en orden a las razones expuestas por el mismo en la fundamentación del recurso, obrante a fs. 684/684.

    Fecha de firma: 17/02/2016 Firmado por: R.N. -H.C.E. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara 2 #8669294#146758527#20160205104301387 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 62000348/2006/CA1

  4. Que ingresando al tratamiento del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado, se advierte que afectivamente en el mismo, se solicita la aplicación de la ley penal más benigna (ley 26.735), respecto del...

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