Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 10 de Diciembre de 2018, expediente FMZ 039468/2015/CA002 - CA001
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 39468/2015/CA2 - CA1 Mendoza, 10 de diciembre de 2018.
Y VISTOS:
Los presentes: N° FMZ 39468/2015/CA2CA1, caratulados:
MASSIRONI, C. I. Y OTROS c/ENA Y OTROS s/DAÑOS Y
PERJUICIOS
; venidos a esta sala “B” del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza,
Secretaria Civil Nº3, a efectos de resolver el incidente de caducidad de segunda
instancia interpuesto por el representante de la parte actora, a fs. 196;
Y CONSIDERANDO:
I – Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este
Tribunal en virtud del incidente de caducidad de segunda instancia (art. 310, inc. 2°,
del CPCCN), interpuesto por la actora, toda vez que no ha existido actividad de los
recurrentes, destinada a impulsar el curso del recurso de apelación deducido
oportunamente, a fs. 157.
II Surge de lo actuado que, el Dr. E. V. V. (h),
promueve acción civil por vía de continuidad procesal contra los herederos del
demandado fallecido, Sr. L.. Citados lo mismos, a fs. 107, a estar a
derecho, no comparecen.
Que, a fs. 114, el 26 de junio de 2017, se los declara rebeldes.
Que, a fs. 146/148, los S.. N., A.
y F., como herederos del demandado, se presentan y apelada la
declaración en rebeldía, siendo concedido el recurso a fs. 157, el 31 de agosto de
2017.
Fundado el recurso de apelación, corrido el traslado y contestado el
mismo por la parte actora, se elevan los presentes autos a estudio y consideración de
la presente Cámara de Apelaciones de Mendoza.
Que, a fs. 187 y vta., la presente Cámara ordena remitir los autos al Juez
Federal de grado, en virtud de encontrarse pendiente de resolución dos incidentes de
nulidad articulados.
Fecha de firma: 10/12/2018 Alta en sistema: 11/12/2018 Firmado por: OLGA PURA ARRABAL - GUSTAVO CASTIÑEIRA DE DIOS - ALFREDO PORRAS, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: P.O.Q., Secretario de Cámara 1 #27582903#222902549#20181210120205279 Que, a fs. 190/192, el día 06 de marzo de 2018, se resuelve el rechazo
de los incidentes de nulidad planteados.
Que, a fs. 196, el 31 de julio de 2018, el Dr. V.h), plantea
el incidente de la caducidad de la apelación.
III Conferido traslado a la parte demandada, la misma no contesta.
IV Compulsadas las actuaciones, esta sala considera que debe hacerse
lugar al planteo de caducidad impetrado, atento las consideraciones de hecho y
derecho que a continuación se exponen.
Que, la caducidad, es un instituto procesal de carácter excepcional, por
lo cual, “En la inteligencia de las normas instrumentales, como son las referidas a
la caducidad de instancia, debe prevalecer el criterio de razonabilidad
, es decir
que, este instituto procesal “debe ser interpretado con carácter restrictivo” (CSN,
...
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