Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 19 de Febrero de 2021, expediente CCF 003091/2017/CA002

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

Causa N° 3091/2017 –S.I- “MASNATA PABLO ARIEL C/ OBRA SOCIAL DE

LA UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN S/ AMPARO DE

SALUD”.

Juzgado N° 1

Secretaría N° 2

Buenos Aires, 19 de febrero de 2021.-

Y VISTO:

El planteo de caducidad de segunda instancia formulado por la parte actora a fs. 200/202, cuyo traslado no fue contestado por la parte actora (cfr. fs.

206) y,

CONSIDERANDO:

  1. La demandada interpuso un recurso de apelación contra la resolución de fs. 187/188. La señora magistrada interviniente lo concedió el día 6 de agosto de 2020 (conf. fs. 189 y 199, respectivamente).

    La accionante acusó la caducidad de la segunda instancia,

    atento al tiempo transcurrido sin que su contraria instara el trámite de su apelación (conf. fs. 200/202).

  2. Se debe recordar, liminarmente, que es principio unánime en jurisprudencia y doctrina que la segunda instancia se abre con la concesión del recurso (conf. Fenochietto-Arazi, “Código Procesal Civil y Comercial, Comentado y Anotado”, T. II, pág. 35; F., S.C. “Código Procesal Civil y Comercial,

    Comentado, Anotado y Concordado”, T. I, pág. 774; esta S., causas 16.793/03

    del 6.2.07, 6.867/99 del 14.6.07, 4.849/97 del 23.8.07, 8.558/99 del 25.10.07,

    3.869/00 del 13.3.08, 10.427/01 del 19.6.08, 2.158/93 del 23.12.08, 4.490/08 del 17.3.09, 10.938/07 del 21.5.09, 5.811/06 del 30.6.09, 10.868/07 del 25.2.10,

    9.390/08 del 6.3.11, 11109/2004 del 26/06/2018, S.I., causas 14.590/96 del 14.5.96, 17.339/95 del 13.12.95 y 21.218/96 del 22.4.04, entre otras).

    Es decir que, desde ese momento –en estas actuaciones desde el 6.8.19 (ver fs. 199)– corre el plazo para la caducidad de la Alzada (conf. F.-

    Yañez, “Código Procesal Civil y Comercial”, t. II, pág. 632 y jurisprudencia citada en nota 35, Editorial Astrea, 1989).

    Fecha de firma: 19/02/2021

    Alta en sistema: 22/02/2021

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

  3. Ello sentado, se advierte –como ha señalado esta S. reiteradamente– que el artículo 313, inciso 3°, del Código Procesal, exceptúa de la caducidad a los supuestos en los que la inactividad procesal obedece a la demora en enviar el expediente a la Cámara a raíz de la interposición de un recurso (conf. esta S., causas 2.790 del 7.8.84, 4.657 del 11.6.87, 2.609 del 19.6.92, 9.012 del 30.12.92, 3.376 del 31.5.94, 53.242 del 2.10.97, 296/98 del 24.2.98, 5.555/91 del 10.7.03, 4.849/97 del 23.8.07, 2.158/93 del 23.12.08, 10.938/07 del 21.5.09,

    6.737/05 del 2.6.09, 6.033/06 del...

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