Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 27 de Abril de 2017, expediente FRO 053000107/2010/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 27 de abril de 2017.-

Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 53000107/2010 caratulado “MARZAL, ALBERTO JOSÉ C/ ANSES S/ ORDINARIO (REAJUSTE”, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Santa Fe), del que resulta, El Dr. J.S.G. dijo:

1- Vienen los autos en virtud de los recursos de apelación interpuestos por el actor (fs. 44) y por la demandada (fs. 47 y vta.) contra la Sentencia N°

127/13 de fecha 27 de febrero de 2013 (fs. 41/43 y vta.) que revocó la resolución recurrida y ordenó a la ANSeS que efectúe el recálculo del haber inicial del actor y proceda al reajuste conforme a los parámetros establecidos en los considerandos pertinentes y por el período allí consignado; declaró la inconstitucionalidad del art. 7º ap. 2 de la ley 24.463; estableció que se abonen los retroactivos provenientes de las diferencias por los períodos no prescriptos y los intereses calculados según la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina e impuso las costas en el orden causado.

Concedidos los recursos se elevaron las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social y de conformidad con lo resuelto por la C.S.J.N. en autos “P., H.H. c/ ANSeS s/ Acción de Amparo” y la Acordada nro. 14/2014 se recibieron las presentes actuaciones, que por sorteo informático quedaron radicadas en esta Sala “A”. La parte actora expresó agravios a fs. 61/63 y vta. y la demandada a fs. 65/71, los que fueron contestados a fs. 73, encontrándose los autos en condiciones de resolver (fs. 74).

2- La parte actora se agravió de lo resuelto específicamente en relación a la Prestación Básica Fecha de firma: 27/04/2017 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.S.G., JUEZ DE C.S. #3035444#176224654#20170427131239873 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Universal (PBU). Solicitó la actualización de la PBU aplicando el índice ISBIC.

Además cuestionó que lo dispuesto no concreta en los hechos, el carácter sustitutivo del haber previsional, ni la debida proporcionalidad entre el sueldo del activo y el haber del pasivo, por lo tanto pidió la aplicación de lo dispuesto en los autos “Betancur”.

Criticó lo decidido por el inferior en cuanto ordenó abonar las diferencias resultantes, con más los intereses conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina. Afirmó

que atento a la creciente desvalorización monetaria, la tasa pasiva no repara ni siquiera mínimamente el daño que implica al acreedor no recibir su crédito en el tiempo oportuno, por lo que solicitó que la misma sea activa.

Finalmente se agravió que la sentencia no hizo lugar a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463.

3- La demandada se agravió que la sentencia en crisis...

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