Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 24 de Noviembre de 2016, expediente CNT 046381/2012/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa N°: 46381/2012 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA DEFINITIVA Nº: 50102 CAUSA Nº46.381/12 - SALA

VII- JUZGADO Nº2 En la ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de noviembre de 2016, para dictar sentencia en estos autos caratulados “M.T.W. c/ Prisma Medios de Pago S.A. s/ Despido”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs. 5/20 se presenta el actor e inicia demanda contra B.S.A., en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.

Señala que ingresó a laborar a las órdenes de la demandada el 1 de octubre de 1992, desarrollando tareas de operador, luego como analista funcional, y por último analista de procesos.

Explica las características y condiciones en que se desarrolló la relación laboral hasta que se produjo el despido indirecto y denuncia mantenerlo fuera de convenio ha sido en fraude a la ley.

Reclama diferencias salariales e indemnizatorias, multas y demás rubros establecidos en la normativa vigente.

A fs.51/61 contesta demanda niega todos y cada uno de los hechos invocados en la demanda, salvo los expresamente reconocidos.

La sentencia de primera instancia obra a fs.224/229, en la cual el “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio obrantes en la causa, decide en sentido desfavorable a las principales pretensiones del actor.

Los recursos que analizaré llegan interpuestos por la parte actora (fs.

231/238) y por el perito contador quien cuestionan la regulación de sus honorarios.

II- Se agravia la parte actora por el análisis de las probanzas arrimadas a la causa y pretende que sea modificada el fallo.

Adelanto que su pretensión no ha de tener favorable acogida.

Ello es de este modo, ya que tal como lo indica el sentenciante del informe del experto contable glosado a fs. 137, surge que de la comparación de los salarios percibidos por el actor hasta diciembre de 1999 y los liquidados con posterioridad, hay una visible diferencia a favor del trabajador, es decir el momento en el que el actor pasa de ser un trabajador convencionado a uno no convencionado, se percibe un sustancial beneficio económico para el trabajador.

A mayor abundamiento cabe destacar llega firme a esta instancia el punto el hecho que el demandado le abonaba salarios mayores a los establecidos por...

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