Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 2 de Mayo de 2018, expediente CAF 037061/2013/CA001

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. 37061/2013 - MARTINEZ, MARIEL BEATRIZ c/ INCAA s/EMPLEO PUBLICO - MLF En Buenos Aires, a los 2 días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para resolver el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada en los autos caratulados “M.M.B. c/ INCAA s/ empleo público”, expediente nro.

37061/13, y planteado al efecto como tema a decidir si se ajusta a derecho el fallo apelado, el Señor Juez de Cámara, Dr. C.M.G., dice:

I- La señora Juez de primera instancia rechazó a fs.

325/329 la demanda que contra el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) dedujo M.B.M. a fin de obtener la declaración de nulidad de la Res. INCAA 1110 del 26 de mayo de 2010, mediante la cual fue reencasillada en la categoría nivel B2, así como la asignación de la categoría A con retroactividad al 1/4/2009 y el cobro de las diferencias salariales, los daños y perjuicios, más actualización e intereses (cfr. objeto de la demanda, fs. 2). Las costas fueron distribuidas en el orden causado.

El pronunciamiento fue apelado por la parte actora y su recurso, que ha sido concedido libremente a fs. 331, fue fundado a fs.

340/349 y replicados sus agravios a fs. 353/356.

II- Ante todo, para una mejor comprensión de las cuestiones involucradas es conveniente reseñar brevemente los antecedentes relevantes de la causa (cfr. documentación individualizada en la demanda a fs. 10vta./11, reservada a fs. 17, sobre 3249), sin perjuicio de las precisiones que corresponda efectuar posteriormente:

(1) por Res. 1877/05 le fue asignada a la actora la categoría 2 de la estructura interna del INCAA (Res. 1989/05) (v. anexo F); (2) por Res. 49/08 fue designada Jefa del Departamento de Sumarios, dependiente de la Gerencia de Asuntos Jurídicos (anexo G); Fecha de firma: 02/05/2018 Alta en sistema: 08/05/2018 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #11423200#204967987#20180502134407810 Poder Judicial de la Nación Expte. nro. 37061/2013 - MARTINEZ, MARIEL BEATRIZ c/ INCAA s/EMPLEO PUBLICO - MLF (3) por Res. 1292/08 fue designada J. de la Oficina de Sumarios e Investigaciones Administrativas dependiente de la Presidencia del INCAA (v. anexo H); (4) por Res. 3/09 se modifica su categoría de revista (pasa de categoría 2 a 1) en atención a las funciones desempeñadas (v. anexo I); (5) por Res. 56/09 se deja sin efecto el acto mencionado precedentemente (anexo J); (6) por Res. 57/09, en atención a las tareas superiores desempeñadas, se le otorga un adicional no remunerativo ni bonificable, no permanente, hasta tanto se efectivice el reencasillamiento en el grado inmediato superior (v. anexo K); (7) por Res. 509/09 se modifica la Res. 1877/05, asignando a la actora la función según la Res. 1292/08 (v. anexo L); (8) finalmente la Res. 1110/10, reencasilla a la actora en la categoría B2 del Convenio Colectivo Sectorial del INCAA, decreto 1032/09 (v. anexo A).

III- Para el examen de la apelación, cabe comenzar por precisar que, según se expone en el informe del Jefe de Recursos Humanos del INCAA (cfr. dictamen del 6/7/2010, a fs. 143/146ref del E.. INCAA 3212/10), con anterioridad al reencasillamiento que cuestiona la accionante el ente demandado generaba su propia escala salarial con categorías y montos de sueldos superiores a los que establecía SINAPA y/o SINEP. Explica allí el funcionario que “las categorías INCAA establecidas por Resolución nro. 1989/05, fuera de convenio y/o escalafón de carrera, para el personal SINEP generaron suplementos por función que figuran en sus respectivos recibos, que no estaban previstos en el sistema de carrera y podían ser suspendidos por la máxima autoridad conforme al cumplimiento o no de la función que los determinó”.

En esa categorización interna del INCAA, a la aquí actora le fue asignada la categoría 2 (cfr. Res. 1877/05). El presente, entonces, es Fecha de firma: 02/05/2018 Alta en sistema: 08/05/2018 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #11423200#204967987#20180502134407810 Poder Judicial de la Nación Expte. nro. 37061/2013 - MARTINEZ, MARIEL BEATRIZ c/ INCAA s/EMPLEO PUBLICO - MLF un caso de doble categorización (SINEP e interna del INCAA), no previsto en el ámbito de la Administración Pública, situación que, en principio, debía ser regularizada por el convenio colectivo sectorial del INCAA (Dto. 1032/09).

IV- Ahora bien, al compulsar la causa, especialmente, la prueba documental que se encuentra reservada, se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR