Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 26 de Junio de 2020, expediente CNT 013938/2014/CA002

Fecha de Resolución26 de Junio de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 49394

SALA VI

Expte Nº CNT 13938/2014

(JUZG. NRO. 66)

Autos: “M.G.I.C. LABORAL EMPRESA DE

SERVICIOS EVENTUALES S.R.L. Y OTROS S/ACCIDENTE – ACCION

CIVIL”

Buenos Aires, 26 de junio de 2020.

VISTO:

La representación letrada de la perito médica, apela la regulación de sus honorarios, por estimarlos reducidos (fs.

453).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados a la representación letrada de la perito médica,

lucen reducidos, por lo que corresponde su elevación a 2,5

UMAs, que a la fecha de la presente equivalen a $7.980

(Acordada Nro. 2/2020 CSJN, art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias de aplicación).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios de la representación letrada de la perito médica a 2,5 UMAs, que a la fecha de la presente equivalen a $7.980.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 26/06/2020

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA

L.A.R.

JUEZ DE CAMARA

GRACIELA L. CRAIG

JUEZ DE CAMARA

Ante mí.-

F.S.R...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR