Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 17 de Marzo de 2017, expediente CNT 074350/2014/CA001
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2017 |
Emisor | CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV |
Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 55.029 CAUSA N° 74350/2014 SALA IV “MARTINELLI EDUARDO JORGE C/
TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. S/ OTROS RECLAMOS”
- JUZGADO N° 55.
Buenos Aires, 17 de marzo de 2017 VISTO:
El recurso de apelación deducido por la demandada a fs.
114/115, destinado a cuestionar la resolución de fs. 106/107 que desestimó su solicitud de citación como terceros de Prevención ART y Provincia ART.
Y CONSIDERANDO:
-
) Que tanto la doctrina, como la jurisprudencia de esta Cámara y de la Fiscalía General, han sostenido pacíficamente que, siempre que esté en debate entre cuáles sujetos ha de integrarse la litis y particularmente cuando se desestima la citación de un tercero, corresponde tratar el recurso de apelación en forma inmediata, en salvaguarda de los principios de celeridad y economía procesal (Allocati, A. –Dir.-, “Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo”, Astrea., Bs. As., 1999, t. 2, p. 359; CNAT, S.I., 17/2/03, SD 54.013, “C., P. c/ Miavasa SA y otro s/ accidente”; íd., S.I., 25/11/99, SD 50.383, “G., C. c/ El Fronterizo SRL s/ accidente”; íd., S.I., 31/5/02, S.I.
40.281, “González, Lino Mercedes c/ Teyma Abengoa SA s/ ley 22.250”; íd., S.V., 26/11/02, S.
I. 25.576 “Atamaniuk, María
V. c/
Lipovetzky, J. y otros s/ despido”; íd, S.V., 20/5/04, S.I.
24.859, “M., P.M. c/ Román S.A. s/ despido”; íd., S.I., S.D. 6092, 26/3/03, “Castillo, H. c/T.S.A. s/
accidente”; F.G.T., 17/3/00, Dictamen 29.089, “Federación de Entidades Fabricantes de Pastas Frescas de la República Argentina c/
Fecha de firma: 17/03/2017 Alta en sistema: 05/05/2017 Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DOLORES MERCEDES SILVA, PROSECRETARIO LETRADO Firmado por: B.I.F., JUEZ DE CAMARA #24489561#174173102#20170317084335167 Poder Judicial de la Nación Sindicato de Trabajadores de la Industria de Pastas Alimenticias STIPA s/ cobro de aportes o contribuciones”).
-
) Que incumbe a quien solicita la intervención obligada de un tercero acreditar que se trata de uno de los supuestos que autorizan a disponerla (Fallos: 313:1053; 318:2551; 322:1470; 330:4234), y corresponde desestimarla si no se invoca concretamente la presencia de una comunidad de controversia, ya que el instituto es de carácter excepcional y su admisión debe ser interpretada con criterio restrictivo (CSJN, Fallos: 322:1470; 331:1611).
-
) Que, por lo demás, la jurisprudencia ha sostenido que la intervención coactiva de terceros se justifica...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba