Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 30 de Junio de 2022, expediente COM 009566/2022
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala D |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D
9566/2022/CA1 MARTIN, HOFFMAN LE PIDE LA QUIEBRA FREY,
M.M. Y OTRO.
Buenos Aires, 30 de junio de 2022.
-
Los peticionarios de quiebra apelaron la decisión dictada en fs.
22, en cuanto desestimó el pedido de litigar sin gastos fundado en el art.
20 de la LCT, y los intimó al pago de la tasa de justicia que corresponde tributar en estos obrados.
El memorial que sostiene el recurso deducido en fs. 23 obra en fs.
25/27.
-
La Sala advierte que el mencionado recurso de apelación fue mal concedido. Ello es así, pues:
(i) Como regla general, en la instrucción prefalencial sólo es apelable la resolución que le pone fin (conf. esta Sala, 2.11.17, “Empresa de Transporte 104 S.A. le pide la quiebra O., H. s/ queja”; íd.,
29.10.15, “P.S. le pide la quiebra Distribuidora Blanca Luna S.A.”; íd., 4.4.13, “C., N. s/ pedido de quiebra por Vernet Cooperativa de Crédito, Vivienda y Consumo Ltda.”; íd., 13.4.10,
Ordena tu Espacio S.A. s/ pedido de quiebra por D.A.C. Distribuidora Argentina de Chapas S.A.
; íd., 6.5.10, “Editorial Sarmiento S.A. s/
pedido de quiebra promovido por Isarría, R.M.; íd., 4.2.08,
“Editorial Sarmiento S.A. s/ pedido de quiebra por C.J.F. de firma: 30/06/2022
Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.P., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA
F.; íd., 1.4.09, “Protección Buenos Aires S.A. Compañía de Seguros s/ pedido de quiebra por C., J.; íd., 20.11.01,
S., M.V. s/ pedido de quiebra por HSBC Banco Roberts S.A.
; íd. 28.4.88, “Establecimiento Faraón S.A. s/ pedido de quiebra por Concepción, G.; CNCom, Sala A, 16.11.07, “Club Atlético Huracán s/ pedido de quiebra por S., C.; íd., 18.8.05, “Club Atlético Huracán s/ pedido de quiebra por Cabrot”; íd., 27.2.03,
., J. s/ pedido de quiebra por A.S.
; íd., 12.6.02,
Seguridad Cooperativa de Seguros s/ pedido de quiebra por Superintendencia de Seguros
; íd., S.B., 18.7.02, “Los Dominios S.A.
s/ pedido de quiebra por H., S.R. s/ queja”; íd., S.C.,
15.12.89, “Trisi S.A. s/ pedido de quiebra por J.L.”; íd., Sala E, 3.9.09, “Aliberti SA s/ pedido de quiebra por Banco Comafi S.A.”;
íd., “Mavi SH de M.P.I.-.M.Á.A. s/pedido de quiebra por Los Pinos de Tronge S.A. s/ queja”; íd., 31.5.07, “Top Nut S.A. s/ pedido de quiebra por Banca Nazionale del Lavoro S.A.”).
Y la cuestionada providencia de fs. 22 carece, sin...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba